lunes, 13 de octubre de 2008

Sobre el cese de la obligación de dar alimentos



En algún lugar de mi blog escribí que el pago de la pensión por alimentos para los hijos menores o mayores de edad económicamente dependientes fijada en sentencia de separación o divorcio debe realizarse con puntualidad al progenitor custodio con objeto de que éste la administre y que no le sorprendan a uno con una demanda ejecutiva y condena en costas.


Ahora bien, existen casos en que algunos progenitores custodios separados o divorciados, cuando sus hijos son mayores de edad y trabajan se resisten a dejar de recibir las pensiones por alimentos establecidas a cargo del otro progenitor no custodio, llegando a veces incluso a continuar lucrándose durante meses, incluso años con dichas prestaciones, aún a pesar de que los hijos ya abandonaron el domicilio familiar y son independientes económicamente, prevaliéndose de la falta de comunicación de éstos con el padre, o de que éste, está en otra ciudad y no se entera.

Otras veces, se está haciendo con connivencia de los propios hijos, fingiendo que no tienen independencia económica, e incluso que los hijos continúan viviendo en el domicilio familiar, cuando la realidad es bien distinta, obligando al progenitor no custodio a instar en un procedimiento de modificación de medidas la extinción de la pensión de alimentos o la extinción del uso del domicilio que fue familiar, cuya atribución de uso, casi siempre lo es a los hijos menores o a los mayores de edad dependientes, y al progenitor custodio por vivir con ellos y mientras dura tal dependencia, no indefinidamente.

Pues bien, si esto fuera así, se estaría produciendo un enriquecimiento injusto para uno en detrimento del otro, quien podrá además reclamar la devolución de todo lo que percibieron indebidamente los hijos desde que dejaron de tener derecho a la pensión, pues no puede ser amparado judicialmente un enriquecimiento sin causa, o bien si ha existido un manifiesto abuso de derecho, y en este sentido podemos repasar lo que dice nuestro Código Civil en él:

Artículo 7

“1. Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias del la buena fe.

2. La ley no ampara el abuso de derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la omisión de su autor, por su objeto, o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los limites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso”.

Por todo lo que acabo de escribir, conviene conocer cuando cesa la obligación de dar alimentos a los hijos y el uso de la vivienda familiar atribuido en sentencia de separación o divorcio.

Carmen Marcos Nuñez

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domingo, 12 de octubre de 2008

Día de la Hispanidad



Se narra en los libros de historia, que el día 12 de octubre de 1492, las naves de Colón descubrieron un nuevo Mundo, y a partir de ese momento España comenzó a cumplir su misión civilizadora y evangelizadora.
(…)

En este día 12 de octubre de 2008 y gracias a la generosidad del viento en Madrid, la bandera de España ondeó en la plaza de Colón con aire de Fiesta, en especial homenaje y emocionante desfile de las Fuerzas Armadas, en pleno corazón de la ciudad, conmemorando como cada año el día de la Fiesta Nacional.

Quiero repasar con vosotros los artículos 4 y 8 de nuestra Constitución que dicen así:

ARTICULO 4

"1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estás se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales".

ARTICULO 8

"1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada, y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

2. Una Ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución".

Mi felicitación desde aquí a todas las personas que participaron tanto en el desfile como en la organización del acto, yo lo sentí como entrañable.

También quiero felicitar a las Pilares que hoy celebraban su onomástica.

Carmen Marcos Núñez

miércoles, 17 de septiembre de 2008

Mayorias necesarias para instalar un ascensor

En mi artículo de hoy voy a escribir sobre la instalación de un ascensor en un edificio en régimen de Propiedad Horizontal que careció de dicho servicio y de la mayoría necesaria para aprobar el acuerdo, teniendo en cuenta si se trata de una situación normal, o bien si se realiza para la supresión de barreras arquitectónicas.

El artículo 17 de la ley de Propiedad Horizontal exige “la unanimidad para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el titulo constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad”.(..)

Comenzaré por decir que según el Tribunal Supremo “debe prescindirse de la necesidad del acuerdo unánime para la instalación de un ascensor porque las leyes han de ser interpretadas con criterios de adaptación a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, como dispone el artículo 3 del Código Civil”.

Tras la reforma de la LPH el artículo 17 de la misma permite la instalación del ascensor por mayoría, sobre la base de que su instalación representa un bien para todos, un servicio de interés general, de tal forma que revaloriza la propiedad de cada comunero y que es necesaria para la habitabilidad y el mejor uso del edificio.

Es decir, los comuneros podrán decidir instalar ex novo un ascensor en un edificio, mediante un acuerdo adoptado válidamente por la mayoría de 3/5, incluso cuando suponga la modificación del título constitutivo o de los estatutos, pero otra cosa bien distinta es que la instalación cause un grave perjuicio para determinados propietarios, que no tienen obligación jurídica de soportarlo, en este caso sería necesaria la unanimidad.

Igualmente el artículo 17 de la LPH establece que es suficiente el voto favorable de la mayoría de los propietarios que a su vez, representen la mayoría cuotas de participación, cuando se trate de la instalación de un ascensor para la supresión de barreras arquitectónicas.

De una lectura simple de la ley, tal parece que ésta permite o autoriza u obliga incluso, (como erróneamente afirman algunos), a instalar ascensor en una finca que carezca de ese servicio, pues que nadie se piense que todo es tan sencillo.

Se podrá instalar un ascensor si el inmueble reune las características adecuadas, sin que su instalación produzca menoscabo grave y perjuicio a uno o varios comuneros.

Si en vuestra Comunidad de Propietarios algunos propietarios pretenden instalar un ascensor y otros consideráis la imposibilidad arquitectónica de colocarlo ya sea por patios interiores, huecos de escalera, portal y demás, en principio debéis votar en contra del acuerdo y luego proceder a la impugnación judicial del mismo.

Es útil acudir a la Junta Municipal del Distrito correspondiente y tomar vista del expediente de solicitud de licencias, y si es necesario, acudir al departamento de Disciplina Urbanística, pero todo esto es necesario hacerlo antes de que den comienzo las obras de instalación y paralizarlas si es preciso.

Os cuento todo esto porque se están acometiendo con imprudencia y temeridad obras de instalación de ascensores en Fincas antiguas en régimen de Propiedad Horizontal (hablo centro de Madrid), que son vergonzantes, gracias al hacer de unos, a la pasividad de otros y unido a que la administración competente no se entera o mira para otro lado, se realizan estos destrozos y alteraciones en edificios que a todas luces causan más perjuicio que beneficio y no hablo del económico porque las cuotas de comunidad casi se duplican una vez instalado el elevador y la mayoría de las veces el promotor de la instalación del ascensor vende el piso y se va.
Carmen Marcos Nuñez


miércoles, 10 de septiembre de 2008

Algo sobre la pensión compensatoria



Estoy segura que casi todos sabéis que nuestro Código civil en el artículo 97 establece que:

“El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine el Convenio regulador o en la sentencia.

A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:

1ª. Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges

2ª La edad y el estado de salud

3ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo

4ª La dedicación pasada y futura a la familia

5ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge

6ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal

7ª La perdida eventual de un derecho de pensión

8ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge

9ª Cualquier otra circunstancia relevante

En la resolución judicial se fijarán las bases para la actualizar la pensión y las garantías para su efectividad”.

Quiero contaros que la lista de todas estas circunstancias no es cerrada, por ejemplo se puede tener en cuenta que el solicitante de la pensión no haya cotizado a la Seguridad Social para causar derecho a una pensión de jubilación o invalidez, por poner un ejemplo.

También que una vez fijada la pensión y su actualización en la sentencia de separación o divorcio solamente podrá modificarse por alteraciones sustanciales en la fortuna de uno u otro de los cónyuges.

Por ejemplo, si el obligado al pago de la misma, casi siempre el hombre, queda en paro, habiendo sido despedido por la empresa sin él buscarlo, o le reducen el salario ya sea por jubilación, incapacidad o demás, podrá pedir al Juzgado, a través del correspondiente procedimiento de modificación de medidas, solicitando la reducción de la pensión compensatoria de acuerdo con la nueva situación, es decir, no puede él por su cuenta dejar de abonar la pensión ni reducirla a su criterio.


Otro ejemplo, el hombre se entera que a la ex beneficiaria de la pensión, le tocó la lotería o recibió por herencia un patrimonio, o desarrolla un trabajo estable, igualmente podrá pedir a los Tribunales que se extinga la pensión que él abona a su favor, puesto que cesó la situación de desequilibrio económico.

Pero no al revés, es decir, a una ex le quedó una pensión compensatoria muy baja y después del divorcio el esposo mejoró en su fortuna por cualquier motivo, se entiende que no tendrá ningún derecho a obtener mayor cuantía que la establecida en sentencia de divorcio, en ningún caso.

La pensión compensatoria se extingue por el cese de la causa que la motivó, por ejemplo si se establece un plazo, ésta se extingue automáticamente al término del mismo, y además por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.

Quiero apuntar un dato muy importante, que el derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor, pues si existe patrimonio de entidad suficiente, el acreedor deberá continuar percibiendo la misma a cargo de los bienes de la herencia, teniendo en cuenta que los herederos siempre podrán acudir al Juez para pedir la reducción o supresión de la misma si consideran que el caudal hereditario no puede satisfacer el abono de la deuda o perjudica sus derechos en la legitima..


Carmen Marcos Nuñez

domingo, 31 de agosto de 2008

Momentos mágicos e irrepetibles (agosto 2008)



En teoría para muchos, hoy es el último día de vacaciones y recuperando un minuto de Filosofía, deciros que, “Puede ser muy conveniente tomar las cosas por lo serio; pero puede ser ridículo tomarlas por lo trágico”, no lo olvidemos desde mañana lunes y todo puede ir mejor. …


Hoy domingo quiero poner fin a las mismas compartiendo con vosotros el recuerdo de un trocito de felicidad disfrutada intensamente estos pasados días junto a mis maravillosos padres en mi querida Portela de Lóuzara, aldea donde nací y como os dije en otras ocasiones que pertenece al termino municipal de Samos en la provincia de Lugo.

En mi aldea no hay bares, pero nace en el centro del pueblo un manantial de agua fresca, recogido en un pozo y cobijado por una fuente centenaria construida con gruesos muros de piedra y techos de madera y pizarra, materiales extraídos en la zona, consta de abrevadero para ganado, dos lavaderos, tiene una pila y un grifo para todo aquel que quiere coger agua limpia y echar un trago, claro está, sin coste alguno que es de valorar con los tiempos que corren. (El agua y la fuente de Portela son un tesoro).

Pero además de la fuente, cada vecino tiene y abre las puertas de su pequeña bodega y despensa a familiares y amigos, y claro, entre vino y vino el personal se anima, de tal forma que pude conseguir en estos pasados días, las letras de antiguas cantigas populares, recitadas entre cantos y risas por los más mayores del lugar.

Así en una tertulia, me fue fácil convencer a mis adorables padres para que cantaran a dúo una de las muchas canciones que recitaban segadores y pastores del valle de Lóuzara hace muchos años.

Mis padres, encantados y enamorados repitieron el pícaro cantar varias veces hasta que yo tenía toda la letra apuntada, podéis imaginar el porque del titulo de este artículo.

La canción que paso a transcribir lleva por titulo:

“La Cigarrera”

En el jardín del rellano, arrimada a una palmera, se hallaba muy sentadita, se hallaba muy sentadita Rosita, “La Cigarrera”……..

Timoteo, “El Barrendero”, que al otro lado se hallaba, se dirigió a la joven, se dirigió a la joven por ver si la conquistaba……

Como ya la conocía, a su lado se sentó, con palabras cariñosas, con palabras cariñosas su amor le declaró…..

Rosita primaveral.., yo no me apañó sin ti, si no estás enamorada, si no estás enamorada enamorate de mí…

Y Rosita le contesta.., con la sonrisa en los labios, no permito tener novio, no permito tener novio hasta cumplir los 20 años……

Mucho tiempo me parece.., te halles sin tener novio, porque esas piernas tan gordas, porque esas piernas tan gordas ya requieren matrimonio….

Mas cuando yo tenga novio.., no ha de ser un barrendero, que ha de ser un caballero, que ha de ser un caballero, porque sino no lo quiero…

Muy fea eres Rosina.., mucho a lo alto te das, eres demasiado loca, eres demasiado loca no se si te casarás…

No lo creas Timoteo.., yo no me quedo soltera, tengo un jardín muy hermoso, tengo un jardín muy hermoso no ha de faltar quien lo quiera...

Entonces ese jardín.., suele tener varios nombres, porque también se le llama, porque también se le llama la perdición de los hombres…..

Perdición es para ti.., que sabes que yo no quiero, que en un jardín tan hermoso, que en un jardín tan hermoso se recree un barrendero….

Cuídalo bien Cigarrera.., que no te lo lleve el viento, que eres la mula más falsa, que eres la mula más falsa que hay debajo el firmamento…

Ya tiene 32 años.., Rosita “La Cigarrera” y aún continua soltera, no tiene padre ni madre, ni cariño, ni dinero y a todos anda diciendo, y a todos anda diciendo quien pillara “El Barrendero”……

Y esto es todo lectores de mi blog, cada uno que le ponga la música a su manera, bueno a la canción y a la vida…………

Feliz vuelta al trabajo y al estudio para los que empezáis en septiembre, para los que os marchéis ahora ir con animo de pasarlo bien, a los jubilados deciros que disfrutéis de cada instante.

Un abrazo.


Carmen Marcos Nuñez

sábado, 30 de agosto de 2008

Pensión de viudedad en supuestos especiales

La disposición adicional tercera de la Ley 40/2007 de 4 de diciembre de medidas en materia de Seguridad Social, establece con carácter excepcional, que se reconocerá derecho a la pensión de viudedad a parejas de hecho cuando:

Habiéndose producido el fallecimiento con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley, los miembros de la pareja hayan tenido hijos comunes y el beneficiario hubiera mantenido una convivencia ininterrumpida, como pareja de hecho con el causante, en los términos establecidos en la Ley, durante al menos los 6 años anteriores al fallecimiento de éste, siendo necesario que durante ese periodo de 6 años, ambos componentes de la pareja deberán no hallarse impedidos para contraer matrimonio, no tener vinculo matrimonial con otra persona, no estar tampoco inscritos como pareja de hecho con otra persona.

Que tampoco el beneficiario tenga reconocido derecho a pensión contributiva de la Seguridad Social, pues en caso de tener otra pensión, tendrá opción de elegir la más favorable entre la que tuviere y la de viudedad.

La pensión habrá que solicitarla dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley, que fue el día 1 de enero de 2008, y tendrá efectos económicos desde enero de 2007.

Espero que este recordatorio sea de utilidad, queda poco tiempo para aquellas personas que crean tener derecho a pensión de viudedad siendo pareja de hecho, teniendo hijos y puedan solicitarla, cumpliendo además los requisitos de cotización y alta, el plazo termina con el año.


Carmen Marcos

miércoles, 27 de agosto de 2008

El incendio, un delito



Otro verano más el fuego está siendo noticia, y un hecho cierto en Galicia, concretamente este mes de agosto varios incendios arrasaron hectáreas de montes en la provincia de Lugo, el último en el municipio de Folgoso de O Courel.

En principio no vendría mal recordar que nuestro Código penal regula en el artículo 351 y siguientes los delitos de incendio y dice:

El Artículo 351. “Los que provoquen un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de 10 a 20 años.(…).

Y el Artículo 352. “Los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de 12 a 18 meses.
Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de 12 a 24 meses”.

Desde luego, una vez producido el incendio sólo queda intentar apagarlo lo antes posible, ahora bien, los incendios no sólo se apagan en verano, y muchos podrían ser los factores determinantes que provoquen que el monte se queme y no se está haciendo todo lo posible.

El otro día al escribir sobre el Pedáneo, os decía como en las aldeas de Lóuzara, están los caminos llenos de maleza, hoy apunto que serían unos cortafuegos estupendos teniéndolos limpios, además de poder transitar por ellos sin dificultad, también revalorizarían las fincas y la abundante madera de castaño que da pena verla abandonada y tan alejada del medio de transporte.

Estos días pasados pude estar en contacto y conversar con gentes de la tierra, tanto de Lóuzara como de O Courel, ambas zonas situadas dentro del área de influencia de la red Natura 2000, en cuyas dispersas aldeas habitan jubilados, que gracias a su pequeña pensión y el cultivo de su huerta están saludablemente entretenidos ocasionando un importante ahorro a la Seguridad Social y beneficio a la sociedad, pues con ello evitan o retrasan el ser dependientes de terceros y de coleccionar recetas y visitas al ambulatorio.

A éstos jubilados, debemos añadir las familias que viven de su ganado y de los productos del cultivo de sus tierras, tales como hortalizas, patatas y demás, pues bien, estos cultivos están siendo arrasados en la noche por manadas de Jabalíes, parece ser que no sirven las cercas de las fincas, no sirven los espantajos, unos vecinos de O Courel me comentaban hace días que algunos labradores habían optado por poner el pastor eléctrico para así ver si podían combatir al enemigo “El Jabalí”, y no hablemos del daño que les hacen los corzos en nuevas plantaciones y las gallinas deben tenerlas encerradas porque las rapaces se las llevan.

Todo lo anterior es un problema y alguien debería buscar alguna solución, distinta al fuego, claro, porque quemar el monte está tipificado como delito y, desde luego no deberían quedar impunes esas conductas que atentan contra el Medio Ambiente y contra la seguridad colectiva.


Carmen marcos Nuñez

martes, 26 de agosto de 2008

Reciclando apuntes del pasado

INTRODUCCIÓN.- El Imperio Español y sus reyes los Austrias durante los siglos XVI y XVII.
El periodo que transcurre desde que Carlos I accede al poder, en 1517, hasta la muerte de Felipe III, en 1621, puede ser considerado como la época de mayor esplendor en la Historia de España, caracterizado por su hegemonía en el mundo, sostenida por un aumento demográfico y por la llegada del oro americano.

El engranaje oficial levantado por los Reyes Católicos actúa y se consolida con los Austrias, que introducirán algunas reformas encaminadas a reforzar el autoritarismo monárquico, con la supresión de algunas atribuciones de las Cortes y con la inauguración de nuevos Consejos, el de Indias en 1520, el de Italia en 1555 que unidos a los ya existentes, serán los auténticos rectores, junto con el rey, de la política nacional e internacional, dando un paso más hacia la unificación con la creación del Consejo de Estado, presidido por el monarca.

Cada reinado de los tres primeros Austrias está marcado por una diversa actitud ante Europa. La apertura de Carlos I hacia las nuevas corrientes filosóficas y científicas caracterizada por la influencia del erasmismo. En la época de Felipe II, el rechazo de las doctrinas de Erasmo y la vuelta al escolasticismo, el monarca más poderoso de la historia española, junto a los reinos españoles y sus dependencias el Rosellón y las Baleares, era rey de Nápoles Sicilia y Cerdeña, Señor de Milán, los Países Bajos y el Franco Condado, Los inmensos territorio americanos desde la Florida y México hasta Paraguay y el Plata. En el Pacifico las Filipinas y las Molucas. En Africa, las Canarias y los enclaves de Orán Bujía y Túnez (1527-1598).

En tiempos de Felipe III búsqueda de la paz como solución a los problemas europeos. (1598-1621). Tras el agotamiento producido por las guerras de la religión, se registra una cierta tendencia a los acuerdos diplomáticos.

Año de crisis, (1609). Los problemas legados por Felipe II tendrán una solución transitoria, impuesta por la crisis económica que sufría el tesoro de la corona, que no podía pagar las deudas contraidas y tuvo que acudir a los (Juros) rentas que proporcionaba la Corona de su propio patrimonio. Los metales preciosos, base de la financiación de las empresas europeas, serán cada vez más escasos y esto estrangulará la economía de los reinos peninsulares, que no podrán cargar sobre sus espaldas todo el peso de la situación hegemónica de España en el mundo.

El reinado de Felipe III marca el tránsito del esplendor político y militar de los Austrias a la decadencia del siglo XVIII, que representará el declinar del poderío español entre los estados de Europa.

El Quijote, obra cumbre de la, literatura española, se publica en esta época.

Con este monarca, hombre despreocupado de las tareas de gobierno, comienza la decadencia hispana, un reflejo es la aparición del (Valido), son aristócratas que gozan de la confianza del Rey y ejercen el poder. Son fechas importantes, 1599, Privanza del Duque de Lerma, uno de los (grandes) de España que hizo de su cargo un enriquecimiento personal.

En 1600, traslado de la Corte a Valladolid.

En 1604, paz con Inglaterra.

En 1609, tregua de los doce años con los Países Bajos, en esta misma fecha es de destacar la expulsión de los moriscos, aunque habían perdido su carácter jurídico de minoría, conservaban su lengua y su religión musulmana, se les acusaba de falsa conversión y de complicidad con los corsarios berberiscos, así como de acaparar riquezas. Su expulsión provocó la caída del sector agrícola y artesanal en las zonas afectadas, sobre todo en Levante y se acentuó la despoblación de esta región, la expulsión provocó la decadencia, Demográfica, Agrícola, Financiera, en Valencia, Murcia, Andalucía, Extremadura y parte de Castilla.

Desde 1621, Uceda sucede en la Privanza a su padre el Duque de Lerma, (1621- 1665). Felipe IV, rey culto e inteligente, mecenas de artistas sigue el camino de su padre entregando la monarquía a validos, sobre todo debemos reseñar al Conde Duque de Olivares, el cual, intenta desarrollar un programa de uniformidad regional que agrava la crisis de la unidad ibérica, aumenta los impuestos y tributos y estos cambios provocan agitación social, siendo el conflicto interno más grave el de 1640.

En Barcelona, como reacción al proceso de centralización y por los desmanes de las tropas estacionadas en Cataluña surge el Corpus de Sangre, donde la multitud asesina al Virrey de Santa Coloma, al mismo tiempo hay levantamientos en Lérida Tortosa Gerona, este conflicto acaba en 1652.

Siguiendo este mismo sentido nacionalista Portugal se revela en 1640, donde una Junta de nobles reunida en Lisboa dispone el levantamiento contra Castilla, al mismo tiempo que se detiene a margarita de Saboya, Virrey de Portugal. El Duque de Braganza es proclamado rey con el nombre de Juan IV, primer soberano de la Dinastía Braganza.

Durante los siglos XVI y XVII se acuñan diversos términos para reflejar el mundo plural de los Estados que gobiernan los AUSTRIAS, especialmente el de (Monarquía Católica) y, según la historiografía posterior el de (Imperio Español).

España aparece como un Estado Moderno que acabaría lastrado por las excesivas posesiones exteriores y por la pluralidad de los grupos insertos en la comunidad política hispánica. Según expresa Jover. La Nación en el siglo XVII español es (un conjunto de individuos que tienen una apreciable comunidad de origen, de patria, de costumbres, de lengua y aún de indumentaria).

La conformación de la autentica unidad, objetivo esencial para la Monarquía Española, es vista de distintos modos, y la idea del Conde Duque de Olivares de (reducir estos reinos de que se compone España al estilo y leyes de Castilla) no es compartida por autores y políticos como el Virrey Palafox, quien, ávido de concordia entre monarca, reinos y vasallos, propugna que se gobierne(en castellano a castellanos, en aragonés a los aragoneses, en catalán a los catalanes, en portugués a los portugueses, ....para vencer con maña suspicacias, para crear en la concordia una auténtica unidad).

Felipe IV que pretendió desarrollar la política centralista y unificadora propuesta por el Conde-Duque de Olivares. Sin embargo, aquellas tendencias fracasaron y dieron lugar a las revueltas antes mencionadas, que se saldaron con la caída de Olivares y un reforzamiento de las instituciones propias y singulares de cada territorio. Tras la caída de Olivares, comienza la Privanza de Luis de Haro.

Situados ya en la Historia, y en la inevitable decadencia hispana, siendo rey de España Felipe IV(1621-1665) al estar al margen de la política dejándola en manos de validos, después de tantas guerras y tantos fracasos, la sociedad española estaba agotada económicamente y sumida en el pesimismo, sentimiento de frustración y desencanto. La quiebra económica de la economía española es la nota dominante en los dos siglos de política imperial, las bancarrotas de la Hacienda Pública fueron frecuentes. Un periodo de sequías y plagas asoló la agricultura, base de la producción peninsular, la hambruna azotó sobre todo a Castilla, la agricultura fue en declive, quiebra de la industria textil, los desempleados pasaron a engrosar la cohorte de mendigos que pululaban por la Corte. A esta falta de recursos se unió la corrupción de la Administración Pública.

LOS JURISTAS DE LOS SIGOS XVI Y XVII.- En este entorno social y económico están los Letrados, Juristas o Sabedores en Derecho, que acabarán desempeñando una importante función en los organismos especializados de la Administración de Justicia y en la Administración Financiera. Inicialmente formaron los Consejos personajes pertenecientes a la nobleza de los reinos, principalmente en Castilla, los Letrados desplazaron a nobles y aristócratas, que permanecieron como miembros honoríficos, siendo conocidos como (consejeros de capa y espada), frente al nuevo estamento constituido por los consejeros togados, caracterizados por su formación técnica. Estos hombres estudiosos de leyes y cánones se habían doctorado en las Universidades como Bolonia, Salamanca, Valencia, eran cronistas, oficiales del rey, eruditos o catedráticos, foralistas o conocedores de Fueros, teóricos y juristas los estudiosos del Derecho, tratadistas que estudiaban las Instituciones, los procesalistas, y los historiadores ya en el siglo XVIII.

Un Jurista del siglo XVII fue el licenciado D. Tomas de Castro y Aguila, Abogado de la ciudad de Antequera, entre sus obras destaca la que voy a estudiar, que se titula Antídoto y Remedio Unico de Daños Públicos, Conservación de Monarquías Discurso Legal y Político, con Licencia en Antequera por D. Vicente Alvarez de Mariz año de 1.649.

Tiene Privilegio para imprimirlo por 10 años este libro concedido por mandato del Rey por el Secretario Iván de Otalara Guevara del día 27 de Enero de 1.647.

Este autor fue padre de D. Bdo. de Castro, Sello de la Biblioteca Real.

Comienza la obra con especial dedicatoria al excelentísimo señor D. Luis Méndez de Haro, y Sotomayor Conde Duque de Olivares, Conde de Morente, gentil hombre de la cámara del Rey, Caballerizo mayor de su Alteza el Príncipe, Alcalde y Perpetuo de los Reales Alcázares de Sevilla y Caballero de LA Orden de Santiago.

Tiene la aprobación de Doctor D. Francisco Cuevas, Magistrado de la Santa Iglesia Colegial de Antequera, Colegial del Colegio Mayor de Sevilla y Catedrático de Teología de su Universidad que dice no encontrar en el libro cosa que ofenda la Pureza de la Fe y decoro de Honestas costumbres, en Antequera a 2 de Febrero de 1.646.

El autor tiene licencia del señor Provisor del Obispado, despachada en Málaga el 16 de Marzo de 1.646. La censura de la obra corre a cargo del Licenciado D. Miguel De Mafalde, Abogado de los Reales Consejos, y el Presidente Fiscal del Gobierno de Hacienda. Dice ser muy digno que le dé licencia para imprimirlo, y que será de mucha utilidad el que ande en manos de todos, porque en él, muestra el autor, sus buenas letras, mucho ingenio y prudencia en todo lo que escribe, y firma en Madrid a 4 de Enero de 1.647, diciendo que el libro contiene las utilidades que resulta de la buena administración de Justicia y elección de los Ministros, por cuya mano ha de correr su ejecución.

Tomas, hace una breve introducción dirigida al lector en la que ruega perdonen sus faltas, que el fin no es la gloria vana, sino el beneficio y bien de la República. El discurso está repartido en 12 utilidades.

Consta esta obra de la recopilación de los siguientes capítulos:
- 1º.-Frutos de la Justicia.
- 2º-Justicia y Ministro fiel ejecutor de ella, es el único remedio de daños públicos.
- 3º.- En particular de los Ministros Inferiores, ejecutores de ella.
- 4º.-Su prueba y conocimiento y su remedio.

El único remedio de daños públicos, es la observancia de la Justicia, por Ministros celosos y cuidados, en especial los Inferiores. Podemos observar como el Ministro es pieza clave en principio del interés general del Reino. El Rey como Supremo Oficial, es la dirección superior, se trata de una Administración Pública en la que los oficiales y ministros se hallan incardinados, constituyendo el soporte humano de cargos previstos para la realización pública. De tales ministros se sirve el Rey para lograr sus objetivos encuadrados en la Razón de Estado, de la Monarquía Católica.

Ministros celosos y cuidadores de la Justicia, y que la observen, en especial los inferiores. En los siglos que nos situamos, El Primer Ministro en la practica era el Valido del Rey, gran parte de los asuntos de Gobierno de la época iban siendo delegados a otros, de esto deducimos la corrupción administrativa del momento, el problema principal de la Justicia podía llegar a consistir en que un hombre justo se exponía a ser perseguido por los colegas menos rectos.

Igual en Indias que en la España Europea, los Monarcas del siglo XVI y más aún en los del XVII, habían acudido como manera de conseguir dinero, a la venta de oficios Públicos que no conllevaran eso sí, Jurisdicción, y eso hasta el punto de contemplarlo expresamente en la Recopilación de Leyes de Indias, promulgada en 1.680, y la medida se había cumplido con bastante rigor sobre todo en los oidores de Audiencias pero no tanto en otros cargos.

La compra de oficios en la República, respondía a un factor honorífico de primera magnitud, que compensaba el hecho de que estos cargos pudieran, ser incluso onerosos, por los gastos que producía su ejercicio. La razón de ser de la creación de Audiencias y Cancillerías, había sido ése exactamente, crear lugares suficientemente cercanos para que todo el mundo pudiera exigir Justicia y ser defendido de una agresión local.

En el siglo XVII la falta de numerario era endémica, no corría la moneda y la que había estaba casi toda en manos de eclesiásticos, peso significativo de los Validos y acaparamiento del poder, los Consejos, típico de los Austrias, lentitud e ineficacia. El Conde-Duque de Olivares intentó puntear el obstáculo burocrático de los Consejos, creando Juntas especificas para determinados asuntos con lo cual enmarañó definitivamente toda la Administración.

Tomas, en su obra, llama la atención sobre que los Ministros, observen y sean celosos cuidadores de la Justicia, en especial los inferiores. Esto nos da una visión de cómo han de ser conocedores del derecho, técnicos o letrados y la diferenciación y aparición de órganos subordinados dentro del aparato burocrático y administrativo.

UTILIDAD I.- Necesaria es la Justicia para la salvación, y muy importante es la ejecución y castigo de los delitos, porque la impunidad de los crímenes como de los pecados se destruyen las Repúblicas y el beneficio tanto público como particular que del castigo resulta, ya que la pena y el premio son la base de la buena gobernación.

No he tocado hasta ahora el tema del Tribunal de la Inquisición, pues en cuanto a tal tenía como misión la defensa la Fe y la Moral de la Iglesia Católica mediante la persecución de los delitos que atentaran contra una u otra (la fe o la moral). Pero un delito, un pecado, son conceptos más o menos difusos que sólo cuando alguien los comete, por ello puede decirse que el objeto directo, que la actividad del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición eran los delincuentes, los pecadores, contra la fe o la moral católicas.

Dos pares de palabras que encontramos en la UTILIDAD I (delitos delincuentes, pecados pecadores) Podemos preguntarnos si tales vocablos, delito y pecado, y los derivados de cada uno de ellos eran realidades sinónimas o por el contrario diferentes. Pregunta clave a la que no es posible contestar con una respuesta rotunda.

En el pensamiento de Teólogos y de Juristas en los términos legales y aun en el lenguaje no profesional, delito y pecado, fueron durante siglos dos realidades si no absolutamente idénticas si al menos, muy próximas.

La herejía o los actos de brujería, el sacrilegio o la sodomía, la bigamia o las blasfemias eran delitos perseguidos por la legislación real penal de las leyes y consideradas como tales en las obras de los Juristas cultos de los siglos XIII y siguientes.

Estos y otros actos eran delitos mereciendo la persecución por parte de las leyes y de los Tribunales del Rey, porque eran pecados. Hasta tal punto que uno de los delitos mencionados, (la sodomía), durísimamente penado por la legislación penal castellana con la pena de muerte en la hoguera, es denominado casi siempre como (el pecado nefando), o simplemente el pecado.

Es evidente la conexión que hubo durante los siglos XIII al XVIII entre realidades que a nuestra mentalidad racionalista y secularizada le parecen hoy (un hoy que comenzó en la segunda mitad del siglo XVIII merced al pensamiento de filósofos y juristas de la Ilustración), entidades claramente distintas. Entre los dos poderes (el espiritual y el temporal, entre las dos ciudades y quienes institucionalmente las regían no existían murallas impermeables, ni fronteras lineales. Todo lo contrario entre una y otra esfera los fenómenos de ósmosis eran constantes y, en último termino reyes y juristas reconocían la subordinación de la ley temporal y positiva a otras leyes de rango superior y espiritual, cuyo contenido(al menos en el ámbito del derecho penal) era con frecuencia definido por teólogos y canonistas. Estos hechos de suma complejidad explican la existencia misma de la Inquisición en cuanto a Tribunal dotado de un enorme poder temporal pero dedicado a la defensa de la FÉ, compuesto por teólogos y canonistas, dependiendo en último termino del rey, tendente a una autonomía y autosuficiencia creciente, pero al mismo tiempo tributario de la misma tradición jurídica(la del derecho Común Europeo, nacido en los siglos XII y XIII), y usuario de los mismos mecanismos jurídicos que las Instituciones pertenecientes a la esfera de la jurisdicción real ordinaria.

El subsuelo jurídico en que se apoya el Tribunal del Santo Oficio es el mismo que sirve de fundamento al derecho penal y al derecho procesal de casi todos los reinos de la Europa Continental desde el siglo XIII al XVIII.

Un derecho que se estudió en todas las Universidades y Cortes de Europa Continental y recibió el nombre de Ius Conmune del que proviene el proceso penal inquisitivo, tipo de proceso utilizado por la Inquisición Española desde su fundación hasta su extinción, pero también por casi todos los Tribunales de casi todos los reinos de Europa Continental.

UTILIDAD II.- Nuestro jurista y autor de la obra que estudiamos nos habla aquí de cómo sólo los Príncipes y Reyes son competentes:
Para conceder los indultos por delitos, y sólo ellos pueden determinar las causas para concederlos. Pues se consiguen mayores beneficios públicos e intereses al Patrimonio Real del castigo del delito que de la remisión del mismo, pues con la pena y castigo del delincuente o pecador se agrada y sirve a Dios, en cambio con la remisión se le desagrada y lo importante para la Salud Pública que los delitos no queden sin castigo y pena, porque así lo dicen las Leyes y los Autores y propone un remedio eficaz para atajarlos. No hay delito de cualquier calidad que sea que si indultado merece uno, castigado no merezca dos, para la Cámara Real, o por Ley, o por justo arbitrio del Juez, vuelve a recordar el cuidado y vigilancia de los inferiores en castigar delitos e imponer penas, el remedio es el cuidado de la Administración de Justicia de los Jueces Inferiores, los cuales darán cuenta cada tres meses, testimonio de cada escribano de los delitos, sus castigos, condenaciones y penas, y de los civiles, igual de las ejecuciones de la Hacienda Real, su cobranza y estado.

Claramente en esta segunda utilidad que hemos descrito podemos observar como el Rey es la nave del Estado, que para que este funcione se necesita la colaboración y ayuda de aquellos oficiales y ministros de la Administración Pública, constituyendo estos el soporte humano de cargos previstos para realización de la Pública Utilidad. El monarca como cabeza del Reino, como vértice de la pirámide gubernativa, de donde fluye hacia abajo y por los distintos conductos, que son los Ministros, la corriente discrecional de la Jurisdicción. No es concebible el traspaso de poder supremo ni su división, sin embargo van unidos Dios Rey y República.

UTILIDAD III.- En esta dice, como la mejor manera de aumentar y enriquecer el Patrimonio Real para socorrer las necesidades públicas, es que todas las causas criminales de delitos ya sean mayores o menores de todas las Villas y Ciudades se inspeccionen, substancien y determinen, sobre todo interesa la pena pecuniaria impuesta ya sea establecida por ley o por el arbitrio del Juez. Como la inspección de las causas, y procesos, por Ministros celosos, diputados por leyes del Reino, que tendrán conocimiento de ello. También, como en los repartimientos, donativos, y otros servicios, y en las conducciones, deben ser de mejor condición, y más aliviados, los quietos y pacíficos, que los delincuentes, ociosos y holgazanes. Grandes son los daños y males, que causa la ociosidad en las Repúblicas, y la gran utilidad del trabajo.

UTILIDAD IV.- Se funda esta, en que la voluntad de los Príncipes y Legisladores es que la ejecución de la Justicia, mandatos, leyes, y ordenes reales, sean templadas con equidad y piedad, (piedad, misericordia y prudencia), y que se atienda a la intención del legislador y no al rigor de las letras, y palabras de la Ley o Mandato Real, y como los Jueces inferiores han de saber portarse al ejecutarla, a imitación de sus Príncipes, y Reyes, y Ministros mayores, obrar con rectitud, y suavidad, según la virtud sólida de la Justicia, porque con color de ella, y pretexto de causa Pública, obrar mal, no es seguro, y merece pena doblada al que así obrare, pues no se habrá de disfrazar el exceso y vicio con apariencia de virtud. El mayor tesoro de los Reyes es la abundancia de sus pueblos, tranquilidad riqueza de sus vasallos, para servirse de ellos cuando menester los quisiera.

UTILIDAD V.- Los beneficios a la República y vecinos, del buen Juez con la Administración de Justicia y como llamó Dios al buen Ministro Bienaventurado, y como su virtud y mérito es Universal y como debe estimarse al ser su oficio estorbar vicios y excusar pecados y que todos vivan honesta y virtuosamente.

Otra vez en esta utilidad se mezclan Juez, Administración, Justicia, Dios, Vicio, Pecado, Virtud. Esto al contrario de delatar la separación Iglesia-Estado (Monarquía), aquí podemos apreciar que cada parte colabora en la formación del conjunto, definiendo unas posiciones coincidentes.

UTILIDAD VI.- Las Monarquías se restauran impartiendo la Justicia, que es la Reina de todas las virtudes morales, con la extirpación de vicios, enmienda de culpas, reformación de vida y costumbres, todo lo contrario, las injusticias, los pecados acaban destruyendo las Monarquías y se ganan mas voluntades con la Justicia que con las Armas. A los buenos militares se les darán los mejores premios y sus pagas serán puntuales, en cambio los delitos y excesos de los soldados son graves y éstos se castigarán severamente, porque son la causa de no ganar victorias.

UTILIDAD VII.- Como la Justicia se imparte en nombre de Príncipes por Jueces ordinarios, inferiores nombrados por él para que gobiernen, en las distintas Ciudades y Villas e impartan Justicia, mientras en los asuntos más importantes se reservan para el Príncipe, los Consejeros y Ministros mayores, siendo los principales asuntos que les ocupan, el aumento de la religión, extensión y dilatación de la Fe Católica, y conservación del Reino.

Otra vez se hace referencia a Jueces inferiores y a la necesidad de que sean diligentes en su labor de impartir Justicia en nombre del Príncipe, y como Dios se enojará si descuidan procedimientos sin culpa de los Príncipes y por los delitos que dejen de castigar, correrán de su cuenta.

UTILIDAD VIII.- En esta se pondera, y funda, la potestad de la jurisdicción ordinaria. Y como las comisiones particulares de Pesquisidores, Jueces, Ejecutores y Administradores, como ramas de la jurisdicción ordinaria se comprenden debajo de ella.

Y como, según las Leyes del Reino, nunca se despachan estos Jueces, y Pesquisidores, sino es por omisiones, y negligencias de las justicias ordinarias. Y como según las mismas leyes, estas comisiones son un grave perjuicio, y daño de los súbditos. Y si por estas omisiones o negligencias, da lugar a que para cada caso, o delito, aya un Juez o Pesquesidor, parece excusado su oficio y su jurisdicción sin fruto, y perjudicial a la República , y a sus vecinos, y por esto se le podrá privar del oficio según Derecho y Leyes Reales.

Aquí una muestra más de la facultad del Príncipe, titular de la suprema jurisdicción y su potestad para transferirla temporal o perpetuamente a otro, o en su caso apartarle del oficio, según Derecho y Leyes del Reino.

UTILIDAD IX.- Sólo los Príncipes y los Reyes elegirán a sus Ministros y Jueces y estos serán los mejores y más excelentes, pues de la buena elección depende el Bien o el Mal Universal, en esto han sido bien celosos y cuidadosos los Reyes de España, y habla del Señor Rey D. Felipe II, entre las nobles y muchas virtudes que tuvo, una fue el cuidado que tuvo en la provisión y elección de sus Ministros, dando los oficios a los más dignos, y beneméritos, así eclesiásticos, como seglares.
Además el buen Ministro debe tener unas cualidades para que la elección sea acertada: Se ajustará al talento, letras, e inclinación y fuerzas del elegido, es decir adecuado al cargo, es más un experto. Expresivamente nos dirá García Mastrillo que, respecto a los oficios, el más digno, no es simplemente aquel que es más doto, o el que aparece más acto para desempeñar el cargo a cuyo frente está.

La elección ha de ser libre de ruegos, favor o ambición e intereses y se penará al que por estos medios pretendiere los oficios.

El oficio de Corregidor y Gobernador de una República, es el más dificultoso de todos los oficios, por eso para el acierto conviene que la elección sea ajustada al talento, virtud, letras y méritos de cada uno, conforme a la calidad del oficio, sin que sean hereditarios, los que sean industriales, que resulta un grave perjuicio del Reino, que así mismo se excluya de la elección el ruego, el favor, y principalmente el interés, por los daños, e inconvenientes tan graves que resultan a un Reino, interviniendo precio. En este punto habla Tomás de los Abogados de lo útiles que son a las Repúblicas, igual que los que con lanzas y escudos pelean por ella, que su oficio es noble y los abogados de virtud, letras y experiencia era Seminario de Fiscales, Senadores, Consejeros y lo importante que es la elección de los buenos Ministros aunque el Príncipe no lo sea, y de la utilidad de los buenos consejos, pues la mayor virtud de un Príncipe es querer ser aconsejado (Príncipes, Ministros y Consejeros) han de marchar en la misma dirección así el año será bueno y fértil para todos.

Consejos Supremos y Consejeros Reales de Castilla son los mayores del mundo por sus excelencias y grandezas. Como nuestro monarca sale del palacio real valeroso e intrépido a campaña con valor y constancia y amor por sus vasallos para mantener la paz.

UTILIDAD X.- Que los Jueces procuren abreviar los juicios, sin dilaciones ni omisiones indebidas para ello como remedio se han establecido varias leyes y los inconvenientes y daños que los pleitos causan al alma.

Las causas sumarias y el modo de proceder en ellos. Las leyes se mudan y alteran según los tiempos y que conveniente sería que la suma de 30 mil maravedis de que conocen por apelación los Ayuntamientos fuera de mayor cantidad, y también las demandas de mil maravedis de que se manda por ley, no se forme proceso sino que se determine de palabra, asimismo se aumente, por ser las costas y gastos tan grandes ya que muchas veces suele aumentarse más que el principal. También lo conveniente y útil que es el Medio Legal en opiniones encontradas.

UTILIDAD XI.- Esta se funda en como la sabiduría y las letras son necesarias para el aumento de la Religión y la defensa y acrecentamiento de los Reinos. Como las Repúblicas son florecientes teniendo varones sabios, doctos y virtuosos, pues están mejor guardadas con ellos que con muchos y fuertes muros.

Daños causa la ignorancia y la idiotez y utilidades y beneficios las letras y sabiduría. Las letras son preferidas a las armas, pero ambas son importantes. La Jurisprudencia, excepto la Teología, es superior a todas las demás ciencias. Gran utilidad común causan los buenos Abogados, a las Repúblicas es por esto que gozan de diversos privilegios y prerrogativas. Muchos e insignes han sido los Emperadores y Príncipes que han profesado letras y armas, y mucha estimación han hecho de las letras y de sus profesores premiándolos, así han mantenido sus reinos y provincias ilustrados y con paz y justicia.

Muy importante es premiar a los Doctores y a los Soldados y potenciar el arte militar y los que han escrito sobre él.

UTILIDAD XII.- En esta última utilidad, Tomás nos dice como en la mano y cuidado de Ministros inferiores, está, con la Administración de Justicia, la conservación y aumento de la Religión, sobre cuyas dos columnas estriba todo Imperio. Respeto y reverencia a la Justicia y a sus Ministros. Veneración y obediencia a los mandatos Reales en ello consiste el acrecentamiento y duración de los Reinos. La abundancia y descanso de sus pueblos, con juntar sus Rentas, Propios, Pósitos y Arbitrios. El alivio, la paz y tranquilidad de los vasallos. El aumento del Patrimonio Real. También está en su mano el librar a sus Repúblicas de amancebamientos escandalosos, y de otros vicios y pecados y castigar crímenes, perjuros y juramentos tan fáciles de cometer y tan dignos de remediar, ejecutando las Leyes y Premáticas. Que los poderosos no opriman, mi molesten a los pobres y desvalidos, que se reparta con igualdad entre ricos y pobres los donativos y servicios que imponen los reyes. Las causas de los pobres, viudas, huérfanos, menores, labradores y jornaleros sean breve y sumariamente despachadas, con prelación a las demás, evitando dilaciones y costas y gastos que suelen ser más que el principal. Que los derechos de todos los Escribanos y Oficiales se ajusten a los Aranceles. Se limpiará la tierra, y caminos, de ladrones y propone que los Corregidores de las Ciudades, cabezas de partido, despachen sus requisitorias de aviso, se pongan de acuerdo un día de cada mes las justicias ordinarias de las diferentes Villas y Ciudades y salgan a limpiar los campos de vagos y ladrones evitando que puedan refugiarse en otra jurisdicción, así se limpiará todo el Reino de malhechores y habrá seguridad en los caminos.

Que las conducciones y levas de soldados sean sin molestias, riñas, y desperdicios, por tanto amor, a servir a su Rey y Señor, acuden los soldados españoles, con valor, lealtad y valentía. En especial en mano de la Justicia de la ciudad de Antequera (de donde procede el autor de la obra) está su abundancia y desempeño, y conservación de su franqueza, ejecutando una proposición, que Regidores celosos de su libertad, y bien de sus vecinos, presentaron en su Ayuntamiento, que anda impresa y cuya ejecución corresponde a la Justicia. Propone un remedio jurídico para ver el verdadero conocimiento de los buenos Ministros inferiores, que hagan todo lo anteriormente citado y mucho más, y este es un breve resumen de la obra y lo que contiene cada una de las doce utilidades donde Tomás, prueba y adorna con divinas y humanas letras y con continuas citas de conocidos Autores....
Carmen Marcos Nuñez.

lunes, 25 de agosto de 2008

El Pedáneo


La Ley 5/1997 de 22 de Julio de Administración Local de Galicia en el Capítulo III (Organización), Sección 8ª, del Alcalde de Barrio, Artículo 73.

1. “En los núcleos de población separados del centro urbano y que no constituyen Entidad Local, el Alcalde podrá nombrar un Alcalde de Barrio para cada núcleo entre los vecinos que residan en él.
2. (…)

3. La duración del cargo estará sujeta a la del mandato del Alcalde que lo nombró, quien podrá removerle cuando lo juzgue oportuno.

4. Los Alcaldes de barrio tendrán carácter de autoridad en el cumplimiento de sus cometidos habituales, en cuanto representantes del alcalde que los nombró”.

Retomando el pasado y añorándolo en gran medida, ser Alcalde de Barrio o Pedáneo en Galicia, no era un oficio, era un cargo, en cada aldea había uno, hablo de mi aldea hace casi 50 años aproximadamente, aquello era democracia y eso que estábamos en la dictadura, el Pedáneo era elegido por los vecinos del lugar, no por el Alcalde del Ayuntamiento según dice la Ley, claro que tampoco el Ayuntamiento o la Administración arreglaban los caminos que unían las aldeas entre sí, igual como ahora, que están totalmente inutilizados y cubiertos de maleza, pongo un ejemplo, imposible pasar por el camino de siempre que va de Portela a Praducelo, pues igual que la Feria del Puente dejó de celebrarse hace casi 30 años debido a la despoblación de la zona de Louzara, por la misma razón los caminos que unían las aldeas entre si han desaparecido, pues eran cuidados por los vecinos según la costumbre de cada lugar.

En Portela, mi pueblo, el Pedáneo tocaba un cuerno que tenía, a esa llamada acudían todos los vecinos, se entiende uno de cada casa, ya fueran hombres o mujeres, en la reunión se debatía y decidía la prioridad del camino que tocaba arreglar y se fijaba el día para hacerlo, así como las herramientas precisas y las que iba a llevar cada uno, de tal forma se organizaban que el día fijado acudían al trabajo con los distintos utensilios, azadas, palas, hoces, guadañas, rastrillos, mazos, rodos y demás.

Cuando tocaba arreglar un camino, estaban trabajando durante todo el día, para aprovechar el tiempo llevaban incluso la mochila con la comida, pan, chorizo y eso si, varias botas de vino.

Cuando vivía en la aldea me tocó alguna vez ir y era cansado pero muy divertido, casi siempre iban hombres, la mejor pieza de cada casa y contaban aventuras picantes y chistes verdes, las mejores historias eran las de los casados, estos describían con pelos y señales sus supuestas andanzas de juventud, y de cuando hicieran el servicio militar, bueno estoy convencida que más de la mitad eran fantasías para pasar el día más ameno, pero en todo caso los caminos se arreglaban.

Desde aquí hago un llamamiento a quien corresponda para recuperar, arreglar y mantener limpios los caminos que unen las aldeas de Lóuzara entre sí, sin que por ello abandonen el cuidado del camino-pista por el que circulan los coches y haber si se acuerdan de arreglar algo la pista que va de Portela al Poyo pasando por o Chao da Poza, A Campa dos Lobos e Teixeira de O Courel, porque está intransitable, cuando se hizo esta pista había menos recursos y costaba más, ahora sólo habría que conservarla.
Carmen Marcos Núñez

domingo, 24 de agosto de 2008

Feira en: " A Ponte de Lóuzara, agosto 2008"



Hace justo una semana, el pasado domingo día de 17 de este mes de agosto de 2008, se celebraba después de casi 30 años, la Primera Feria de Artesanía y Productos Naturales en A Ponte de Lóuzara, del termino municipal de Samos.

Un evento a mi modo de ver más social que otra cosa, nada que ver con el papel económico de aquellas ferias que se celebraban en A Ponte de Lóuzara los días 17 de cada mes durante todo el año y a las que acudían andando o a caballo, los vecinos de las aldeas de la comarca de Lóuzara y limítrofes, para comercializar sus productos.

Hoy voy a escribir algo sobre los habitantes que a lo largo del pasado siglo vivieron en el Valle de Lóuzara a base del duro trabajo en el campo, cubriendo sus necesidades básicas de consumo, con el cultivo y fabricación de sus propios productos, tanto lo necesario para la alimentación, como calzado, vestido, y sanidad. Digo sanidad porque curaban con remedios caseros y productos naturales sus dolencias.

Por ejemplo contra el dolor de la menstruación se utilizaba tortilla de perejil y vino caliente, los enfriamientos y gripes se curaban con leche muy caliente y un buen chorro de aguardiente, la miel era curativa para casi todo y había en el campo y utilizaban muchas plantas medicinales que conocían los mayores del lugar tanto para cicatrizar heridas, cortar hemorragias o fortalecer la virilidad y la fertilidad.

Para quitar las verrugas se cocía una planta llamada Chaveira que solo se encontraba en terrenos calizos, con el agua de la cocción se lavaban las verrugas varias veces y estas desaparecían en unos días.

El agua de manzanilla daba un tono rojizo al cabello, y junto al oregano y el tomillo se utilizaba en infusiones, el laurel además de servir para poner a la carne, se llevaba en ramas a los campos una vez vendito, despues del domingo de ramos, para proteger las cosechas.

Los pobladores del fértil Valle de Lóuzara durante años, cultivaban la tierra y producían para su abastecimiento sobre todo centeno, trigo, cebada, maíz, lino, patatas, nabos, remolacha, berzas y demás productos de huerta, también castañas, nueces, manzanas, higos, ciruelas, cerezas, moras, arándanos.

De ganado criaban vacas, cabras, ovejas, caballos, perros, palomas, cerdos y gallinas, de las que obtenían carne, leche, huevos y demás.

La caza era abundante en conejos, liebres y perdices, no se necesitaba tener escopeta o ser cazador, era suficiente tener ingenio y colocar unas trampas para llevar alguna pieza a la cazuela, bueno y si tenías un hurón podías llenar un saco de conejos en unos minutos.

También había zorros, cuya piel era muy valorada y lobos, pero estos no se comían, daban susto a los viajantes nocturnos y alguna vez atacaban algún rebaño de ovejas causando bajas en el ganado y dejando mudo al pastor.

Trabajaban la madera, la piedra y el hierro, tanto para construir sus propias casas, como los aperos de labranza tales como carros, yugos, arados, tríllos, palas, azadas, quenzos, angazos, cestos, telares, husos, ruecas, zuecos y hasta cajas mortuorias.

Os imagináis probándoos vuestro propio ataúd?, siendo niña, recuerdo como los mayores de mi aldea que estaban en lista de espera con el más allá, lo hacían con la mayor naturalidad y con criterio previsor.

Pero en Louzara y alrededores, además de labrar la tierra y criar ganado, había hombres y mujeres expertos en cada uno de los oficios, de tal modo que entre los hombres había: muiñeiros, louseiros, canteiros, carpinteiros, ferradores, ferreiros, zoqueiros, cesteritos, albardeiros, afiladores, sangradores-saladores, chatarreiros, manciñeiros, curandeiros, sancristan, enterradores, también gaiteiros y seguro que olvido algún oficio más.

Otros eran oficios de mujeres, tales como: matronas, (los niños nacian en las casas), costureras, tecedeiras, fiandeiras, pero las mujeres, además del arreglo de la casa, del trabajo del campo, de atender a todos los niños, hombres y ancianos en cada casa, debían cocinar, lavar, remendar, hilar la lana y tejer prendas de abrigo, colchas, mandiles, calcetines, cuidar los animales, ordeñaban vacas y ovejas asistiéndolas en sus partos, hacían queso, mantequilla, chorizos, morcillas, castraban las abejas, hacían el pan, la empanada, caldo, dulces y mil cosas más, pero además tenían que ser esposas, amantes y madres.

Tarea complicada, si además añadimos que en la mayoría de los casos tenían que convivir en la misma casa tres generaciones, una situación complicada y creo que entre otros factores determinantes, ayudó a que las aldeas de Lóuzara se fueran quedando vacías, la gente joven necesita y busca su espacio. La sociedad, debería concienciarse y buscar la formula para que el medio rural sea más valorado y productivo y los jóvenes tengan el lugar que se merecen.

Ahora es agosto, las aldeas de Louzara vuelven a estar llenas de hombres, mujeres y niños, la mayoría gente nacida aquí que emigró a otros lugares y que vienen a pasar unos días de sus vacaciones a la tierra, junto a los suyos que aún aguantan en el campo. Algunos ya estamos preparando el regreso a la ciudad, este año volvemos contentos y tristes a la vez.

Contentos de lo bien que lo pasamos aquí en el Valle de Lóuzara en fiestas y Ferias entre familia, amigos y paisanos con los que nos sentimos muy a gusto compartiendo sentimientos.

Tristes, porque éste mes de agosto de 2008 fue trágico en Barajas, parece que todo se repite en Madrid, mi recuerdo en estos días para las familias que perdieron seres queridos.

Desde aquí también mi felicitación a todos los que participaron tanto en la organización como en la colaboración de “A Feira de A Ponte de Lóuzara”, valorar sobre todo que dispusieran de un lugar donde aparcar ordenadamente los coches, de amenizar durante todo el día con gaitas y música variada de nuestra gente y nuestra tierra, felicitar a los interpretes de la obra de Teatro, “O VELLO MUIÑO” que a pesar de la falta de medios de sonido y tener que desgañitarse para dejarse oír entre el murmullo de la gente, actuaron fantásticamente.
Igualmente felicitar y animar a todos los artesanos de la zona que acudieron con sus productos para deleite de los asistentes, así como las demostraciones tanto en labrado y tallado de madera, o de como se realiza una prenda de lino o lana en un telar artesanal.

Original la degustación que nos ofrecieron a los asistentes del postre de queso y miel de la zona, realmente de un sabor delicioso.

El pulpo, el churrasco y los chorizos estaban buenos y el vino muy peleón, todo hay que decirlo, debido a la afluencia de gente el caldero de cocer el pulpo no daba más de si y los camareros estaban desbordados, pero al final todos pudimos comer algo.

Apuntar, que sería buen momento para empezar a pensar en construir en el campo de la Feria unos merenderos con bancos y mesas de piedra, donde nuestros mayores y niños puedan sentarse para el año que viene y echar con los amigos unas partidas de tute y mus, en el incomparable marco del campo entre centenarios castaños y junto al río de A Ponte de Lóuzara.
Carmen Marcos Nuñez

martes, 5 de agosto de 2008

Parroquia de San Andrés de Gundriz

Esta parroquia que pertenece al Ayuntamiento de Samos en la Provincia de Lugo, está formada por las aldeas de:

Gundriz, Santa Mariña, Carqueixeda y Portela.

La aldea de Gundriz está formada por varios núcleos acasarados, Gundriz de Arriba, Gundriz de Abaixo, y Casa da Ferrería, construcción antigua, con molino de piedra movido por la fuerza del agua procedente del río Louzara, y en uso hasta hace más de dos décadas.
Allí acudían los campesinos de aldeas cercanas a moler el grano, de trigo, avena , cebada y sobre todo centeno en abundancia, cuya harina se utilizaba entonces en hacer pan para el consumo diario de las familias, las mujeres preparaban la masa en artesas y luego se cocía en hornos de piedra calentados con leña, y la harina también se utilizaba como alimento para el ganado.


Esta casona de la Ferrería está situada justo a orillas del río Louzara, que atraviesa por propiedades de Carqueixeda, Santa Mariña y Gundriz, en cuyas tranquilas y limpias aguas, se criaban y pescaban abundantes y excelentes truchas.


Además del molino de piedra, dentro de los gruesos muros de la mencionada casona da Ferrería, también había una capilla para uso de sus dueños y debido a la gentileza de los mismos y a las amplias estancias, la casona, servía de acogedor comedor en celebraciones de enterramientos de lugareños, en las que la familia del difunto, obsequiaba con una suculenta comida y bebida a los asistentes a los funerales, tanto sacerdotes oficiantes en la misa y responsos, como a familiares, conocidos, vecinos y amigos.

Cuando en la aldea de Portela murió mi querida abuela paterna, y después de la misa de funeral en la Iglesia parroquial de Gundriz y del enterramiento en el cementerio adosado a ella, en la casa da Ferrería dimos el banquete fúnebre y todo estaba preparado con las mejores viandas, entre ellas un cordero que previamente había bajado yo en un saco al hombro desde mi aldea a través de un camino de piedras y a una media hora andando.


Esa era la costumbre de la época, creo recordar que ya fue de los últimos banquetes que se dieron en funerales, corría el año 1968 y todo se fue perdiendo, pero desde luego tenía su explicación, tengamos en cuenta que la familia y amigos, se desplazaban desde aldeas lejanas, ya fuese andando o a caballo y después de varias horas, que menos, que se les preparara comida y bebida antes de emprender el camino de regreso para descansar y reponer fuerzas.


Y, desde luego bien mirado quizás también era una forma de ayuda a la familia del muerto a superar esos momentos de pérdida del ser querido, pues permanecían acompañados y entretenidos durante horas, desde luego no penseis que para nada era una fiesta y el cortejo funerario era variable, en función del poder económico del difunto.


Estaréis de acuerdo conmigo en que la muerte es un hecho esencial y cierto en la existencia del ser humano, y el funeral de enterramiento en las aldeas de Galicia era y es todavía un momento social, aunque ahora nos desplacemos en autos, demos el pésame, o firmemos en el libro y nos vayamos sin más.


Mi intención hoy era escribir sobre las aldeas que forman la Parroquia de San Andres de Gundriz y no sobre enterramientos, por ello retomo el tema recordando que también en Gundriz existen todavía las ruinas de la Casa de Altamira con poderío económico en otro tiempo, situada a orillas del río y entre frondosos castaños, árboles autóctonos y muy abundantes en la zona.


Además de la Iglesia parroquial de Gundriz, cuyo patrón del pueblo es San Andrés, aunque hace muchos años celebraban la festividad de Nuestra Señora del Rosario el primer domingo de octubre, en las otras tres aldeas, existen otras tres ermitas dedicadas a Santa Mariña, patrona de la aldea que lleva su nombre, festividad que se celebraba el día 18 de julio.

Santa Barbara, patrona da Carqueixeda y que se celebraba el primer domingo de mayo, me queda decir que el patrón de mi aldea Portela es San Lorenzo, cuya festividad se celebra, (hablo en presente) el 10 de agosto cada año.

Deciros a los que os encontréis por Galicia estos días, que subir el día 10 de agosto a conocer Portela de Louzara, podría ser una buena elección, (ahora se llega en coche).

Por lo que sé, tenemos alborada, esto significa acompañar al grupo de gaitas de casa en casa tocando y bailando, mientras el vecino de turno saca la bota con vino, porrón con agua para los que tengan que conducir, jamón, chorizo y galletas. Luego tenemos misa en honor a nuestro patrón San Lorenzo y procesión, mientras repican las campanas.

Después cada familia se retira a casa a comer y celebrar con su gente y amigos, ya por la tarde y noche tenemos música con orquesta y verbena todo en el campo al aire libre, ideal para sentirse muy bien.


Aquellos que os guste la naturaleza y el paisaje podéis acercaros dando un paseo hasta Coldetaro, hasta a Poza da Campiña, y para los más animosos os invito a subir al alto da Lagua a disfrutar desde allí de una puesta de sol sin igual, podréis contemplar un paraje increíble, a un lado y a vuestros pies la Sierra de O Courel, al otro, el fértil valle de Louzara, levantando la mano, casi tocaréis el cielo.


Eso si, no os olvidéis de traer chaqueta, por la noche refresca, pero las estrellas se contemplan de maravilla desde Portela……


No creo que podamos explotar fuegos de artificio debido a las altas temperaturas y el riesgo del fuego, pero haremos queimada y recitaremos el conjuro para ahuyentar a las meigas y os recibiremos con gozo a todos aquellos que vengaís a la fiesta de San Lorenzo.………………………


Carmen Marcos Núñez

lunes, 28 de julio de 2008

Obras en elementos comunes



Un amigo que está de vacaciones me dejó el encargo de velar el riego de las plantas de su terraza, hoy lunes a primera hora me acerqué a su casa a echar una miradita y recoger la correspondencia, hasta aquí todo bien, la impresión fue al abrir el balcón y darme de narices con dos potentes aparatos de aire acondicionado instalados en la Finca colindante en la fachada ciega medianera con la Finca de mi amigo, y sus correspondientes accesorios de cables y agujeros, además de una ventana que antes no estaba.


En esta época del año es habitual que algunos comuneros aprovechen mientras sus vecinos están veraneando, para hacer rehabilitaciones en sus viviendas cuyas obras pueden afectar a elementos comunes de inmuebles, o bien a otros inmuebles colindantes; ya sean fachadas, medianerías, balcones, patios, realizando actuaciones tales como, abrir huecos y colocar ventanas, armarios, chimeneas, hacer agujeros e instalar aparatos de aire acondicionado, calderas y demás, causando con ello graves molestias y perjuicios a las Comunidades,


Cuando esto ocurra el Presidente, o bien el Administrador en su nombre debe proceder de inmediato a enviar burofax, al copropietario que realizó tales alteraciones de elementos comunes, solicitando en correos certificado de texto y acuse de recibo del mismo, (con objeto de preparar la prueba, por si fuese necesario más tarde instar procedimiento judicial).

Se deberá requerir al copropietario que realizó la obra sin consentimiento de la Comunidad, a fin de que proceda a retirar del balcón, el aparato de aire acondicionado colocado sin autorización de la Junta y reponga a su estado primitivo la fachada del patio interior, tapando los muros rotos etc, por poner un ejemplo.

Comunicándole que de no hacerlo voluntariamente, la Comunidad, iniciará las acciones legales oportunas.

Claro, que lo más probable es que no haga ni caso, en ese caso el Presidente deberá convocar reunión extraordinaria de Comunidad al efecto, bebiendo constar en el orden del día el punto concreto y los acuerdos a adoptar, que será instar procedimiento judicial en defensa de los intereses de la Comunidad.

En la mayoría de estos casos actuar con premura es fundamental, de otro modo aunque las obras no estén autorizadas, si estando a la vista de todos y de hecho se permiten durante un tiempo prolongado, de alguna forma se puede considera un consentimiento tácito, siendo más complicado a posteriori recuperar las zonas comunes afectadas por las obras.


Posiblemente utilizando el sentido común, el comunero que se extralimitó en su derecho, al ver la clara voluntad del resto de los copropietarios "La Comunidad"de no permitir el menoscabo de sus derechos, ni molestias o perjuicios, haría bien en de marcha atrás y puede que reponga los elementos comunes a su estado original, sin necesidad de ir a Juicio.



Carmen Marcos Núñez

domingo, 27 de julio de 2008

Vacaciones


“Vacaciones”. Es tema casi obligado tanto en los centros de trabajo, en los medios de comunicación, como en cualquier reunión social y, ni la grave crisis económica, ni el crecimiento de la inseguridad ciudadana del país, ni la crisis financiera mundial le quitan protagonismo.

Este merecido descanso que llevamos meses preparando puede convertirse en una pesadilla si no somos más prudentes y tolerantes que de costumbre.

Otro año más se nos presenta una ocasión especial para escucharnos, para estrechar lazos ya sea familiares o de amistad, y con el entorno. Mantengamos una actitud positiva ante este corto periodo estival, sin desperdiciar el recurso más valioso que tenemos, “el tiempo”, bueno y el dinero, que no están los tiempos para malgastarlo.

Interesa tomar las precauciones necesarias para proteger nuestras propiedades y pertenencias, pues tanto en la playa como en la ciudad, los amigos de lo ajeno, intentarán hacer su agosto, sobre todo en esta época del año.
En las grandes ciudades, donde los edificios se quedan prácticamente deshabitados en el mes de agosto, cada vez son más frecuentes los robos en viviendas.

Quizás sería un buen planteamiento dar menos publicidad a nuestras vacaciones, las de nuestra familia y amigos, sobre todo con los datos de partida, regreso y destino. La gran mayoría lo pregonamos a los cuatro vientos, pensad en ello; aquella frase que decía: “quien evita la ocasión evita el peligro”.

En cualquier caso si aún después de todas las precauciones al regresar al hogar, alguno tenemos la mala suerte de encontrar el estropicio en casa, no deberemos tocar nada para no borrar huellas y llamar cuanto antes a la policía, luego tendremos que poner la correspondiente denuncia, avisar al seguro si lo tenemos, comenzar el papeleo y demás.
Pero, muy importante, sobre todo no debemos cabrearnos, no sirve de nada.

Os deseo a todos los que por casualidad llegasteis leyendo hasta aquí un buen verano, y os digo un secreto, me faltan muy poquitos días para enfilar el camino hacia “GALICIA TERRA MEIGA”, prometo beber por todos un buen trago del mágico brebaje típico de mi tierra que se llama “QUEIMADA” sin olvidarme antes de recitar el conjuro en gallego.


Carmen Marcos Núñez

jueves, 17 de julio de 2008

20 años no es nada


“Volver con la frente marchita, las nieves del tiempo platearon mi sien.
Sentir que 20 años no es nada, que febril la mirada, errante en las sombras te busca y te nombra.......
Vivir con el alma aferrada a un dulce recuerdo que lloro otra vez”. ........

Algo parecido decía la letrita del tango que inspira esta crónica que voy a escribir hoy desde la calle Montera de Madrid.

Hace más de 20 años, había llegado a Madrid con mi familia, realizábamos las compras de ropa y calzado en unos Almacenes situados justo en la calle donde ahora me encuentro, en la calle Montera (Saldos Arias) que fueron arrasados por un incendio por el año 1987.

Creo recordar que sepultó a 10 bomberos del Ayuntamiento de Madrid, para ellos mi recuerdo. El Alcalde de nuestra ciudad en aquella época era Don Juan Barranco.

Desde aquella tragedia, no había vuelto a pasar por esta calle, pues una vez destruidos los almacenes, ya no teníamos a que ir y el tiempo transcurre tan deprisa que apenas nos damos cuenta, pasaron así más de 20 años.

Por aquel entonces en los portales de los edificios de la citada calle estaban pelando la pava como se decía en mi tierra, unas pobres señoras entradas en años y de mirada triste, que tenían a mi modo de ver muy mal gusto en el vestir, pues sus piernas eran algo feas y llevaban faldas y vestidos demasiado cortos para su edad.


Hoy no estoy en esta calle que me trae el triste recuerdo del humo negro del trágico incendio, para ver el paisaje, sino para hacer un favor a una amiga nacida en Río de Janeiro nacionalizada española y con residencia en Alicante, que desea contraer matrimonio y necesita solicitar el certificado de nacimiento, documento que al parecer, sólo en el Registro Civil Central sito en la calle Montera nº 18 se puede solicitar y recoger. Aprovecharé para tomar estos apuntes que más tarde llevaré a mi blog, mientras hago tiempo hasta que toque mi turno.

Deciros que fue toda una experiencia llegar hasta aquí, pues cual fue mi sorpresa cuando ayer a media mañana me acerqué a éste lugar, divisando desde lejos una inmensa cola de personas.
Después de solicitar información a los vigilantes de seguridad, que casi me perdonan la vida por preguntarles y decirme con desprecio que dan 150 números y estos ya se habían repartido y si quiero saber más que pregunte a la gente de la cola.

Visto el panorama decido poner el despertador y acudir esta mañana a dar trámite al encargo de mi amiga, no eran ni las siete, cuando llegué a la calle Gran Vía esquina con Montera y mis ojos no podían dar crédito a lo que estaba viendo, que pibones, como dirían los amigos de mis hijos, que juventud, que ropa, que cuerpos, que mujeres exóticas con miradas desafiantes y atrevidas, que jolgorio tenían montado en plena calle, nada que ver con las pobres señoras que hace 20 años ocupaban esos lugares, me quedé ojiplática e indignada a la vez.


Me habían dicho que la calle Montera se había recuperado ,que estaba limpia; pero la realidad es bien distinta, está sucísima, llena de obras y totalmente tomada por prostitutas.


Debo decir que la organización de trabajo del Registro Civil Central, de la calle Montera, debería ser revisada por quien corresponda e igualmente el trato que dispensan algunas vigilantes de seguridad a los ciudadanos usuarios de ese servicio, debería ser corregido.


El resultado de la organización actual, perjudica primero a los ciudadanos que tienen que estar tirados en la calle cada día desde la madrugada para poder realizar su solicitud de documentos.

Además deteriora gravemente el sistema productivo de nuestro país, ya que a mi modo de ver, esta pérdida de horas de trabajo genera sin duda al año una baja producción y por tanto impide crear riqueza.


Carmen Marcos Nuñez





domingo, 29 de junio de 2008

Tirando el pasado



Me siento extraña al comenzar hoy a escribir, como entrando en domicilio ajeno, ya se que tendría miles de razones que contaros para justificar mi ausencia en el blog durante tanto tiempo, el trabajo, la familia, los compromisos sociales, viajes, imprevistos, obras en casa, o incluso ese afán que me dio estos pasados días por tirar el pasado, como si eso fuera tan sencillo.




Pero no, yo sé que todo eso no justifica que me haya olvidado incluso, de felicitar a una persona muy querida por mí y cercana, que espero sepa perdonar mi olvido y entender que mi empeño por deshacerme del pasado no tiene nada que ver con no acordarme de su 33 cumpleaños. Decirle pues, que todos los días son especiales y que esta tarde deseo que disfrute una grata velada mientras nuestra selección alcanza la victoria.




Y volviendo a eso de tirar el pasado, lo cierto es que nunca acabas, es más, te das cuenta que pasaron los días, los meses y te olvidaste de vivir el presente y de alguna manera continuas atada a lo que fue, ya sea bueno o malo, da igual, es increíble como desperdiciamos nuestro tiempo, con lo fácil que sería dejarlo ir sin más y vivir el ahora, cada instante con todas las energías concentradas en realizar nuestros sueños.



Bueno, o incluso en soñar de nuevo, porque no, para muchos de vosotros, pronto comienzan las vacaciones, no hagáis como yo, no pongáis una disculpa para hacer aquello que queréis y no os olvidéis de vivir el presente, porque cada instante que desperdiciamos se va y no vuelve.




Feliz mes de julio tanto para los que se vayan de vacaciones como para los que aún no podemos disfrutarlas y que hoy 29 de junio de 2008 nuestra selección gane para España la Eurocopa y nos haga vibrar de emoción con un buen partido.




Carmen Marcos Núñez