lunes, 30 de abril de 2012

Derecho a la compensación del artículo 1.438 del Código Civil

Aunque las estadísticas dicen que en los últimos tiempos se separa o divorcia menos gente, lo cierto es que las rupturas de matrimonios y parejas continúan estando presentes cada día y los individuos buscamos asesoramiento sobre diferentes cuestiones que nos afectan en el devenir de la vida según van apareciendo, vamos al profesional demasiado tarde, en vez de ir antes y adelantarnos al problema.

Muchas son las personas que te dicen que se quieren divorciar y que están en gananciales, cuando empiezas a pedirles papeles, certificado de matrimonio y demás, la cuestión es que, igual la pareja llevan más de15 o de 20 años viviendo juntos, por supuesto nunca se casaron, no tiene cuentas en común, ni siquiera están inscritos como pareja de hecho y los bienes adquiridos están a nombre de uno solo de ellos que a su vez está casado y nunca se separó legalmente.
Lo curioso es que comienzan hablando de sus derechos y que ya les dijeron que si la pensión compensatoria y demás, claro, cuando les explicas que la realidad legal es otra bien distinta a lo que ellos imaginan, y en la mayoría de los casos de derechos nada de nada, te miran incrédulos.

Otro tanto pasa en el caso contrario, por ejemplo cuando una persona casada desde hace bastante tiempo, en régimen de separación de bienes y que su cónyuge se dedicó durante todos los años del matrimonio exclusivamente al cuidado de los hijos y de la casa, sin servicio domestico y demás circunstancias familiares.

En principio de entrada en algunos casos, te dicen que de pensión compensatoria para el cuidador de los hijos y el hogar, nada de nada, “el otro que trabaje que ya está bien de vivir del cuento”.

Pero no veáis la cara de asombro que se les queda cuando les dices los derechos que el otro tiene y que dadas las circunstancias, además de la pensión compensatoria, y siendo el régimen del matrimonio el de separación de bienes, el cónyuge que se hubiera dedicado en exclusiva al cuidado de los hijos y de la casa, sin haber tenido ayuda de servicio doméstico, tendría derecho a solicitar una cantidad en concepto de indemnización.

Así, el Tribunal Supremo, Sala 1.ª, mediante Sentencia de 14 de julio de 2011,  sienta la siguiente doctrina jurisprudencial:
“El derecho a obtener la compensación por haber contribuido uno de los cónyuges a las cargas del matrimonio con trabajo doméstico en el régimen de separación de bienes requiere que habiéndose pactado este régimen, se haya contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para la casa. Se excluye, por tanto, que sea necesario para obtener la compensación que se haya producido un incremento patrimonial del otro cónyuge”.

La citada sentencia dice “El trabajo para la casa no solo es una forma de contribución, sino que constituye también un título para obtener una compensación en el momento de la finalización del régimen”.

Y para determinar la cuantía y a falta de acuerdo, se puede utilizar la siguiente opción “en función del sueldo que cobraría por realizar el trabajo una tercera persona, de modo que se contribuye con lo que se deja de desembolsar o se ahorra por la falta de necesidad de contratar servicio doméstico ante la dedicación de uno de los cónyuges al cuidado del hogar".

Fue muy entretenido escribir éste articulo.

Carmen Marcos

domingo, 29 de abril de 2012

"Renovarse o morir"

Desde luego es bien cierto ese dicho de, “Renovarse o morir”, en éste caso, me estoy refiriendo a los cambios que me encuentro en blogger para escribir, cambiaron el diseño y la plantilla para crear entradas.

Paso unos meses sin publicar y ya no sé como hacerlo, pués la entrada que publiqué hoy me salió como un churro, pero así pasa con todo, parece que en vez de facilitar las cosas, lo que interesa es complicarlas más, no me extraña que esté país esté patas arriba.

Por si fuera poco el “maremágnum” legislativo existente en España, el manual de las herramientas diarias básicas de trabajo nos lo modifican antes de terminar de leerlo y también las propias herramientas, no manejas bien un modelo, cuando sacan otro del que te dicen que es bueno para nosotros, lo digo metafóricamente hablando.

Como pueden dar por hecho que “algo” es útil o bueno para mi, si ni siquiera me preguntaron, pero así pasa con todo, ya estamos un poco hartos.
Así un día tras otro, te encuentras que las reglas del juego no son las mismas y esto crea una inseguridad y una incertidumbre difícil de manejar, será que me estoy haciendo mayor y no entiendo muy bien este empeño por cambiar las cosas cuando verdaderamente funcionan de forma sencilla, y aquí no me estoy refiriendo solo al diseño de blogger, que también.

En fin, que no queda otra, si no quieres quedarte atrás, tienes que continuar aprendiendo, intentaré que ésta publicación me salga mejor que la anterior.

Mando un abrazo lo suficiente grande para todos y a pesar de la distancia.



Carmen Marcos.

Compartiendo recuerdos 29 de abril de 2012

En esta linda mañana de domingo del mes de abril me propongo compartir con vosotros mis pensamientos y un sentimiento de felicidad.

Imposible recordar mi primera toma de contacto con la vida, en aquella madrugada del mes de abril del año 1957, sin embargo, puedo imaginar la alegría de mis padres por la llegada al mundo de un bebé sano.

Nunca pregunté cuando me bautizaron, pero según la costumbre de la época, sería a los pocos días de mi nacimiento, aunque ese momento no lo recuerdo, lo que si recuerdo fue la celebración de mi primera comunión y los preparativos para la misma, posiblemente contaba con siete años de edad y en aquél día tenía yo tres grandes preocupaciones:

 Recordar y confesar al cura todos mis pecados ….
No pecar después de confesar hasta comulgar .…
Y no manchar mis zapatos y el blanco vestido ….

Recuerdo que todo era blanco, también los guantes, el pañuelo, el libro, el rosario, todo era puro, hasta los pecados eran blancos y puros, la inocencia de la niñez!!!!! ...XD…., que pecados puede tener una niña de siete años??????......, en fin, que todo fue muy lindo, confesé, tomé la comunión e incluso recuerdo que en la capilla recité un verso a la Virgen María.

Siento que el tiempo pasó muy de prisa, aún parece que fue ayer, al volver la vista atras, muchos sentimientos, emociones y múltiples vivencias sembraron hasta ahora el sendero de mi vida, entre familia, amigos, trabajo, estudios, viajes, experiencias, sueños, alegrías, tristezas, amor, sufrimiento, ilusión, decepción a veces y esperanza otras, pero siempre una vida intensa que mereció la pena vivir y que mis padres me regalaron al amarse, y tenerme hace cincuenta y cinco años, a ellos dedico esta publicación y a mi hijo Raúl que hoy también cumple años, muchas felicidades.

Un abrazo.

Carmen Marcos Núñez

martes, 3 de enero de 2012

PROSPERO AÑO 2012

A todos, feliz y venturoso año nuevo 2012 y un fuerte abrazo.

Carmen Marcos

martes, 6 de diciembre de 2011

La Tercera Edad en la Constitución Española


Nuestra Constitución cumple hoy 33 años, y dentro del contenido de la misma se dedica un artículo a la protección de la tercera edad, así en el Artículo 50 dice:

Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”.

Después del tiempo transcurrido, lo cierto es que,muchos de nuestros mayores perciben unas pensiones que son insuficientes para que puedan vivir con un mínimo de dignidad.

Igualmente, en relación a las obligaciones familiares, en principio no vendría mal recordar que nuestro Código Civil, al igual que fija la obligación de los padres a instruir, educar y alimentar a sus hijos mientras sean menores de edad y aun después, en tanto no terminen su formación, también establece la obligación de los hijos a alimentar a sus padres,“si éstos no tuvieran medios económicos suficientes”.

Según el citado Código Civil,se entiende por alimentos "todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”, estando obligados recíprocamente, los cónyuges, los ascendientes y descendientes.

A partir de lo anterior, que cada cual saque sus propias conclusiones, para algo sabemos pensar, no os parece?????.

Un abrazo a todos en este día de la Constitución Española.

 
Carmen Marcos Nuñez

lunes, 24 de octubre de 2011

Amigo mio y.... "Presidente de su Comunidad"

Hola amigos, dejadme que comience hoy con una frase de Paulo Coelho “Todo lo que sucede una vez puede que no suceda nunca más. Pero todo lo que sucede dos veces sucederá, ciertamente una tercera”.

Aquí estoy, una vez más asomada a esta ventanita y con ganas de disfrutar unos momenticos con vosotros, mi familia y amigos, dispersos por los distintos rincones del mundo, quiero mandaros un abrazo, aunque estáis lejos no por ello os quiero menos, mi corazón está dividido en pedacitos donde quiera que os encontréis todos y cada uno de vosotros; eso sí, me reservo un pedacito para continuar viviendo y para amar a los que tengo aquí cerca, en la gran ciudad.

Sin ir más lejos, ayer domingo, un amigo al que realmente aprecio mucho me invitó a “merendar”, una invitación que yo no rechazo jamás; junto a otros amigos, nuestra tertulia se alargó más allá del café y hasta bien entrada la noche, una noche cálida aún, que no inducia a  pensar en el desatado temporal de lluvia y frio con que amaneció el día de hoy lunes 24 de octubre de 2011.

Nuestro amigo, el anfitrión de ayer, estaba emocionado describiéndonos los proyectos de remodelación de su vivienda, sita en un antiguo edificio del centro de Madrid, pisito,  que adquirió por un importe razonable, debido a la caída de precios en el sector inmobiliario, que asola todo el país, bien es cierto que el pisito en cuestión,  necesita de unas importantes obras de reforma y unos cuantos miles de euros para adecentarlo, pero  la cuestión es otra.

Mi amigo,  contaba emocionado que en la reciente Junta de Vecinos le nombraron para el cargo de Presidente de la Comunidad, la verdad es que, está fascinado con la idea, (no tiene ni idea del marrón que le endosaron por ser nuevo), pero el caso es que además de la reforma de su casa, pretende introducir cambios  importantes dentro del funcionamiento de la Comunidad y realizar obras y reformas en el edificio durante el año que dure su mandato.

Primero,  dice que procederá a sustituir al Administrador, despedir al conserje, contratar empresa de limpieza, poner mármol en escaleras y portal, pintar las puertas de verde y la forja de la escalera en marrón, entre otras genialidades que se le ocurrieron y que, aunque nos hicieron reír, no trae al caso relatar.

Yo le manifesté que todo ello está muy bien, pero que necesitará la autorización de la Junta de Propietarios para realizar todas y cada una de las citadas actuaciones, y que tendrá que convocar reunión de vecinos con los puntos que pretende tratar y que posiblemente se encuentre con la oposición de muchos de los cuarenta y seis vecinos del edificio; me contestó furioso, que de ninguna manera, que es el Presidente y que hará las cosas a su manera, faltaría más.

En fin, ante tal convencimiento yo cambié el rumbo de la conversación, porque cuando alguien va tan sobrado, cualquier cosa que le digas en ese instante, “es como dar mariposas a los cerdos”, la expresión anterior, me gusta mucho porque me trae recuerdos de mi aldea, por eso y no por otra cosa, en la gran ciudad la utilizo bastante.

Bueno, pero voy a lo que quería contaros, me consta, que mi amigo, con frecuencia visita mi blog, por ello quiero escribir algo sobre el tema, por si le puede ayudar a desarrollar su cargo de Presidente de la Comunidad con la debida diligencia y sin meterse en problemas, para ello, primero es importante que recuerde que  el mandato de Presidente no le faculta para hacer en la Comunidad lo que le guste, o lo que él quiera, por muy fantástico que le parezca y mucho menos con el dinerito de los demás.

Pues  si bien es cierto, que la LPH establece “El Presidente ostentara legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten”.

También es cierto que, la citada LPH dispone, “Corresponde a la Junta de propietarios:

a)Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior”(...) se refiere al Presidente,  al Vicepresidente, al Secretario y al Administrador.

b)Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.

c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias(..)

d)Aprobar o reformar los estatutos y determinar las normas de régimen interior.

e)Conocer y decidir en los demás asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común”.

No cabe duda, que de la simple lectura del precepto anterior, se desprende claramente que es la Junta de la Comunidad a quien le corresponde decidir sobre la ejecución o no de las obras o reformas que deben acometerse en la Comunidad, así como de aprobar los respectivos presupuestos, también será necesario el acuerdo de la Junta para cesar al Administrador, despedir el conserje y contratar servicio de limpieza en su caso.

El Presidente es un simple mandatario, que no debe traspasar los límites del mandato y que no puede actuar por su cuenta, ni de espaldas o en contra de lo decidido en la Junta, su obligación y facultad es la de ejecutar todos los acuerdos y suscribir cuantos contratos fueran necesarios para ello y adoptar las decisiones urgentes, dando cuenta de todo ello a la Junta, en otro caso incurrirá en responsabilidad.

Por otro lado, también le quiero recordar a mi amigo que referente a la realización de obras de mejora en el inmueble, debe tener en cuenta lo que establece el artículo 11 de la citada LPH, que dice.

“1.Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2.Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja”.

Y por hoy lo dejo, cualquier duda, no dudes en llamar, mucha suerte..........

Un abrazo

Carmen Marcos

miércoles, 31 de agosto de 2011

IV FEIRA DE ARTESANIA E PRODUCTOS NATURAIS, LOUZARA 2011(Pregón)


Hoy 31 de agosto de 2011, dejo aquí, en mi dormido blog y en castellano, el pregón de la, IV Feria de Artesanía y Productos Naturales de A Ponte de Louzara, celebrada el 17 de agosto de 2011.

Hago ésta entrada recordando aquel entrañable día y sintiendo el calor de aquellos que os emocionasteis conmigo y me pedisteis que pusiera el pregón en el blog, también para los que no pudisteis estar allí a pesar de haberlo deseado, y para aquellos que aún estando en la Feria lo oísteis, pero no lo escuchasteis, por eso, como me consta que de vez en cuando, unos y otros, os asomáis a esta ventanita quiero daros la oportunidad de leerlo.

Básicamente y plagiandome a mí misma, el Pregón es el siguiente:

"Queridos amigos, decir que es un honor estar con vosotros en este día, mi nombre es “Mari Carmen, pero, que sería un nombre sin apellidos?, Marcos Núñez, son los míos……….

En Portela, la aldea más alta de Louzara, pasé mi infancia, adolescencia y juventud, siempre que puedo me gusta regresar y disfrutar junto a familiares y amigos en la tierra que me vio nacer e crecer.

Cando hace unos días los organizadores de ésta Feria, me invitaron a leer el pregón, un volcán de sentimientos y recuerdos personales invadieron todo mi ser…….

Aquella niña delgada y tímida que acompañaba a su padre andando desde Portela a vender terneros “A Feira da Ponte”, Feria, que se celebraba en este mismo lugar los 17 de cada mes, aquella adolescente soñadora, que durante el castañal pernoctaba en Viladocastro, y por estos mismos soutos apañaba castañas, como iba imaginar, que ahora peinando canas y micrófono en mano, os daría la bienvenida a la IV Feria de Artesanía y Productos Naturales de A Ponte de Louzara, concretamente en éste año 2011……

Mis palabras de gratitud a los organizadores por darme la oportunidad de participar, aunque ahora resido en Madrid, deciros que me siento tremendamente feliz, primero que nada porque soy gallega. Gallega y Louzariña por los cuatro costados, "hija, nieta, madre y amante de Louzariños"…………

Louzara, es un valle con encanto, con este paisaje particular que invita a soñar en las noches de luna llena, es como estar en el paraíso, nuestra tierra, está llena de sitios hermosos, de rincones inolvidables, sus gentes, rebosan alegría y generosidad.

Los gallegos, somos personas trabajadoras, positivas, entusiastas, aficionadas a los placeres de la buena comida, y a la Fiesta, por eso, hoy quiero invitaros, a vivir éste día, a disfrutarlo, a gozar en este campo, entre centenarios castaños y junto al río de A Ponte de Louzara……..

Este es un lugar mágico, donde, podemos degustar las deliciosas viandas que nos están preparando, tales como, pulpo a feira, churrasco, chorizos y demás, todo acompañado con sabroso pan y regado con vino de la tierra, y lo mas importante, rodeados de familiares, amigos y paisanos con los que podemos compartir este momento y echar un baile, porque también tenemos música.

Non olvidemos que también, tenemos muchos puestos donde adquirir productos naturales de la tierra y alguna pieza de artesanía, realizadas por nuestros expertos artesanos.

Como sabéis, el 17 de agosto de 2008 y después de casi 30 años sin Feria, se celebró la Iª Feria de Artesanía y Productos Naturales, (ya vamos por la 4ª), ésta Feria se viene celebrando cada 17 de agosto y con gran éxito, gracias a la participación de todos, sirviendo de encuentro y reencuentro de varias generaciones estrechando entre todos lazos, que van más allá de la amistad, desarrollando un importante papel social……..

En cambio, el poder económico, pesaba más en aquellas ferias que se celebraban aquí en A Ponte, los días 17 de cada mes durante todo el año y a las que acudían andando y a caballo, los vecinos de las aldeas de la comarca de Louzara y limítrofes, para comercializar sus productos…….

Hoy, quiero recordar y narrar con vosotros una historia fantástica que algún día nuestros nietos contarán a los suyos……..

Sobre los hombres y mujeres que en el siglo XX, en el Valle de Louzara, sobrevivían a base del duro trabajo en el campo, abasteciendo sus necesidades básicas de consumo, con el cultivo y fabricación de sus propios productos, tanto lo necesario para la alimentación, vivienda, calzado, vestido, y sanidad. Digo sanidad, ya que, con remedios caseros y productos naturales, curaban sus dolencias……

Los pobladores del entonces fértil Valle de Lóuzara, de sus montes sacaban abundante leña, carbón, madera, piedra y losa, cultivaban la tierra y producían, sobre todo centeno, trigo, cebada, avena, maíz, lino, patatas, castañas y demás productos de huerta…………

El caudaloso en aquel tiempo, río Louzara debido a las abundantes lluvias y nieves, no solamente les abastecía durante todo el año de exquisitas truchas frescas, sino que generaba la fuerza necesaria para moler el grano transformándolo en harina en varios molinos de piedra que había instalados junto a su caudal, ( Na Carqueixeda, En Gundriz, Na Ponte, En Santalla)……..

De ganado criaban terneros, cerdos, vacas y gallinas, de las que obtenían dinero, carne, leche, huevos y demás. También tenían caballos………
La caza, era abundante en conejos, liebres y perdices……

Curtían el cuero, y trabajaban la madera, la piedra y el hierro, tanto para construir sus propias casas, y mobiliario de las mismas, como los aperos de labranza tales como arados, carros, yugos y demás utensilios de labor………

En Louzara y alrededores, había hombres y mujeres expertos en cada uno de los oficios, de tal modo que entre los hombres había: maestros, louseiros, canteiros, carpinteiros, ferreiros, zoqueiros, cesteritos, serradores, albardeiros, manciñeiros, también músicos, y varios oficios más que seguramente algunos de vosotros conocéis mejor que yo…….

Otros eran los oficios de las mujeres, tales como: costureras, tecedeiras, fiandeiras, parteras y curanderas, pero además del arreglo de la casa, del trabajo del campo, de atender a todos los niños, hombres y ancianos; en cada casa, las mujeres, además de ser ganaderas y reposteras, tenían que ser esposas, amantes y madres………

Tarea complicada, si además añadimos que en la mayoría de los casos tenían que convivir en la misma casa tres generaciones, una situación que entre otros factores determinantes, como el espíritu libre, inconformista, aventurero y emprendedor de los gallegos, ayudó a que las aldeas de Louzara se fueran quedando vacías de gente, con cientos de hectáreas de terreno totalmente abandonadas e improductivas en la actualidad…………

Solo se quedaron en cada pueblo algunos valientes que aguantan los duros inviernos en el rural……..

Pero, esta es nuestra tierra, de los de dentro y los de fuera, a la que los que estamos fuera, siempre queremos volver.

Me gusta ser gallega. Me gusta Louzara, el Louzara de hoy, el que nos está tocando vivir. No tengo nostalgia del pasado y quiero mirar con todos vosotros hacia el futuro y seguir haciendo de ésta, una tierra abierta, generosa y acogedora.

Sin duda muchos de los que estamos aquí hoy, somos gallegos o hijos o nietos de gallegos, y algunos, aun siendo de otro sitio habéis decidido estar aquí con nosotros, disfrutando de nuestra Feria, nuestro momento de celebración.

Yo quiero comenzarlo con un abrazo cálido a todos los que estáis, y un recuerdo especial, a aquellos que nos dejaron……

Con buenos deseos y alegría en el corazón vamos a disfrutar, intentando que todos juntos pasemos un día agradable, con armonía y solidaridad...….

Dentro de poco se terminarán las vacaciones y los que regresemos a la ciudad, lo haremos contentos y tristes a la vez, contentos de lo bien que lo pasamos en las tierras y valles de Galicia, en Fiestas y Ferias como ésta da “A Ponte de Louzara”, entre familia, con amigos y paisanos con los que nos sentimos muy a gusto compartiendo sentimientos.

Tristes porque partiremos con el sentimiento de dejar en Galicia nuestro verdadero hogar, nuestra casa.

A los paisanos que quedáis aquí, os queremos pedir y agradecer que os cuidéis, y cuidéis de la tierra en nuestra ausencia, prometemos volver al año que viene.

Un abrazo a todos…………………………………..

Que, “viva a Feira”, “viva A Ponte”, “viva Louzara”, “viva Galicia”……………………………"


Mari Carmen Marcos Núñez

miércoles, 29 de junio de 2011

La Pista de Portela de Louzara


El día 6 de marzo de 2011 en el periódico El Progreso (Sarria), entre otras, aparecía la siguiente información:

“A Xunta de Galicia mellorará estradas de San Cristobo de Lóuzara e de Portela de Lóuzara, no municipio de Samos. Así o comunicou a delegada territorial da Administración autonómica, Raquel Arias, que visitou estas zonas acompañada pola candidata do PP en Samos, Marta Rodríguez, e veciños.
Na parroquia de San Cristobo de Lóuzara acondicionaranse os viarios e as canalizacións de augas. Os traballos suporán o reforzo do pavimento existente e o asfaltado das pistas restantes ata cubrir a totalidade do núcleo. Ademais, levará a cabo a canalización das augas ata as aforas da localidade.
Pola súa banda, en Portela de Lóuzara, localidade que está situada na zona máis alta do municipio samonense, acondicionarase a vía de acceso ao núcleo, a única estrada coa que conta.
Os proxectos a realizar nestes dous puntos do municipio poderán comezar «en breve», unha vez que o Concello de Samos outorgue a autorización ás obras e comunique a dispoñibilidade dos terreos para poder realizar os investimentos, apuntou Arias.
Os veciños destes núcleos solicitaran con antelación unha reunión coa representante en Lugo da Administración galega para reclamar a modernización da rede viaria destes dous núcleos da montaña de Samos. A delegada territorial da Xunta indicou que a Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas financiará estas actuacións”.



También La Voz de Galicia (Sarria) el día 9 de marzo de 2011, se hacía eco de la noticia, informando de lo siguiente:

“La delegada de la Xunta, Raquel Arias, y la candidata del PP a la alcaldía de Samos, Marta Rodríguez, visitaron las parroquias de San Cristobo y Portela de Lóuzara para conocer de primera mano las necesidades de los vecinos, relacionadas fundamentalmente con las infraestructuras viarias.
En San Cristobo, al margen de mejoras en los accesos, incidieron en la necesidad de de canalización de aguas, que actualmente vierten en la pista de la parte de atrás de la iglesia.
En Portela, punto más alto del Concello samonense, el problema es la única vía de acceso de titularidad municipal que se encuentra en malas condiciones.
Raquel Arias les manifestó que la consellería de Medio Ambiente podría financiar ambos proyectos y que las obras podrían realizarse casi de inmediato. Para ello necesitan el permiso del Concello”.



Más desarrollada apareció la noticia en el Progreso (Samos), periódico del día 12 de abril de 2011 que decía:
“La candidata del PP a la alcaldía de Samos, Marta Rodríguez, señaló que las obras de mejora de viales en Lóuzara comenzarán una vez que el Ayuntamiento ponga a disposición de la Xunta de Galicia los terrenos.
Según explicó, la pasada semana se reunió con la delegada de la Administración autonómica en Lugo, Raquel Arias, quien le comunicó que habían enviado la solicitud a la alcaldía para dar así comienzo a los trabajos.
Arias ya visitó el municipio de Samos el pasado mes de marzo, momento en el que anunció que la Xunta mejoraría las carreteras de San Cristobo de Lóuzara y de Portela de Lóuzara.
Según adelantó en aquel momento, en la primera de las parroquias se reforzará el pavimento existente y se asfaltarán las pistas restantes hasta cubrir la totalidad del núcleo. Además, se llevará a cabo la canalización de las aguas hasta las afueras de la localidad. Por su parte, en Portela se acondicionará la vía de acceso al núcleo, la única carretera con la que cuenta.
Estas actuaciones serán financiadas por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas.
Marta Rodríguez anunció que tomará medidas legales si el PSOE samonense la «ataca persoalmente». «Politicamente hai que aceptalo. Que o alcalde se relaxe, que estamos nunha campaña, que non faga una campaña sucia, de mentiras», añadió”.




También La Voz de Galicia (Sarria) del día 12 de abril de 2011 decía:



“La Xunta de Galicia registró la petición del proyecto de urbanización de la plaza de San Cristovo de Lóuzara y la pista de Portela. El siguiente paso será cursar la petición al Concello para que dé autorización a la ocupación de los terrenos necesarios para ejecutar las obras previstas.
«Esta confirmación demuestra que la visita de Raquel Arias a los vecinos no fue unn engaño como dijeron desde las filas del PSOE y que la obra se ejecutará, siempre y cuando el Concello cumpla con su parte y dé autorización», dijo Marta Rodríguez”.



Tengo que decir que las anteriores y reiteradas noticias que aparecieron en prensa me agradaron profundamente, ciertamente, la aldea de Portela, es el punto más alto del Concello de Samos y decir que la única vía de acceso al pueblo se encuentra en malas condiciones, es suavizar mucho los baches y socavones que tiene toda la pista, por no hablar de la falta de firme, de pavimento y asfaltado, pues lo cierto y verdad es que el acceso a Portela está intransitable, tal parece aquel camino por el que según cuenta la historia, los pastores de la casa de Altamira de Gundriz subían con sus cabras cuando fundaron el pueblo de Portela.

Pensé, por fin esta vez arreglan la Pista de Portela, su deterioro no es de ahora, ya estaba mal el año pasado por estas fechas, temporada estival en la que los pocos vecinos que residen todo el año en la aldea, preparan con ilusión la llegada de familiares y amigos que estamos desperdigados por todos los rincones del mundo y que con gran sacrificio planeamos el retorno a nuestra añorada tierra, aprovechando las vacaciones de verano para estar con nuestros seres queridos, pasarlo bien y dejarnos nuestros ahorrillos de todo el año por esas queridas tierras de Samos, en comidas, copas, gasolina, compras varias, taller de reparación de coche y demás.

Sin embargo fueron pasando los días, las semanas, los meses y a 29 de junio de 2011 quiero dar una información cierta y hacer un llamamiento desde mi blog a quien corresponda, pues a pesar de las noticias que salieron en prensa, de las promesas electorales, de la obligación y responsabilidad de los distintos entes y gestores competentes del arreglo de viales y demás, lo cierto y verdad es que la Pista de Portela, continua a día de hoy y desde hace tiempo en estado de abandono total, claro en el periodico la noticia era que se ejecutarian las obras, pero nos indicaban cuando se harían.

Y aquí una reflexión, desde luego estareis de acuerdo conmigo en que, las aldeas como Portela están ya, de por si en peligro de extinción, pero yo diría que están heridas de muerte, desde el momento en que no se dotan de infraestructuras viarias necesarias acordes a la realidad social, y de servicios y suministros tan básicos como son electricidad, agua, telefono, internet y televisión, referente a esto último decir que en Portela desde el pasado año es imposible sintonizar otros canales de televisión que no sean los locales, solamente a altas horas de la madrugada se puede ver algún canal más, con el móvil es necesario subir a lo alto de la colina en busca de señal y no digo nada de la conexión a internet.



También quiero hacer un llamamiento para cuidar entre todos el medio ambiente y de pronto recuerdo el tema de la basura, tome nota la empresa que la recoge en Portela, ya que en los meses de julio, agosto y septiembre todas las casas se llenan de gente, son 10 o 20 personas más en cada casa, por ello deberian acudir a retirar lo que llaman lixo con más frecuencia de la que lo hacen el resto del año, y desde luego todas las casas aunque esten cerradas pagan el impuesto por tasa de basura y también otros impuestos, tampoco es cuestión de que cada verano estemos llamando y dando la misma queja.


Pero sobre todo, hoy quiero llamar la atención principalmente del asfaltado, mantenimiento y mejora de la Pista de Portela, somos muchos los que no vamos a consentir que el acceso al pueblo que nos vió nacer se deteriore más de lo que está en la actualidad y de que las viejas casonas de nuestros antepasados, queden aisladas en el monte abandonadas para morada de las fieras, o pasto de las llamas.

Pues no señores, no digo nombres, pero a buen entendedor pocas razones, tanto ayer como hoy, las obras de conservación y mejora del acceso a todas y cada una de las aldeas de Louzara y de Samos, tienen el deber “ustedes, unos y otros” de realizarlas debidamente con diligencia, sería lo deseable que tanto el Ayuntamiento de Samos como la Xunta de Galicia lograran ponerse de acuerdo en éste asunto del arreglo urgente y necesario de la Pista de Portela y también en otros asuntos de interés general.

Mientras tanto, me propongo trabajar desde ahora mismo en el proyecto de crear una Asociación de Vecinos y Amigos de Portela, sin ánimo de lucro, para, a través de la misma interesar donde corresponda que den a nuestra aldea como mínimo, igual trato que al resto de las aldeas de Louzara y de Samos.

Propongo que nos unamos todos, los vecinos residentes y también los que tengamos alguna vinculación especial con Portela, donde quiera que estemos, para intentar conservar este legado tan grande que tenemos, y poder dejar a nuestros hijos y nietos lo que nuestros padres y abuelos con tanto esfuerzo, sacrificio y orgullo nos dejaron a nosotros.



Todos aquellos que estéis interesados os ruego que os pongáis en contacto conmigo a través del correo, maricarmenmarcos@gmail.com, o del teléfono 660 46 95 66.

A la vista de la situación, y de que, quien debe tomar medidas no lo hace, creo que llegó la hora de tomar decisiones para que la voz de muchos se escuche…“la unión hace la fuerza”……


Un abrazo a todos

Carmen Marcos Núñez



domingo, 15 de mayo de 2011

Regímenes Económicos Matrimoniales



Hoy escribiré unas líneas sobre de los distintos Regímenes Económicos matrimoniales que son, el de Sociedad de Gananciales, el de Separación Bienes y el de Participación en las Ganancias.

El Régimen de Sociedad de gananciales.
La sociedad legal de gananciales se inicia, “En el momento de la celebración del matrimonio o posteriormente al tiempo de pactarse en capitulaciones”.

Es decir, nos casamos en Gananciales si no se hacen Capitulaciones antes, pactando un Régimen distinto y en territorios de Derecho Foral, (Cataluña) es al revés.

De tal modo que: “Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella”.

La Sociedad de Gananciales concluye de pleno derecho, cuando se disuelve el matrimonio y sabemos que el matrimonio se disuelve por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges o por divorcio.

Igualmente se extingue cuando el matrimonio es declarado nulo o cuando Judicialmente se decreta la separación del los cónyuges.
También cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevenida en el Código Civil, y además concluirá por decisión judicial a petición de los cónyuges cuando se den alguno de los supuestos recogidos en el art. 1393 del Código Civil.

No puede confundirse la disolución de la sociedad de gananciales con la liquidación de la misma ya que el primero de los conceptos implica que una vez que se produce, los bienes o deudas adquiridos por uno u otro cónyuge no son de la sociedad, sino que pertenecen a aquel que ostenta la titularidad, mientas que la liquidación supone la atribución a cada uno de los cónyuges del 50 % de los adquiridos durante la vigencia de la sociedad conyugal.


El Régimen de Separación de bienes
Existirá entre los cónyuges separación de bienes, cuando así lo hubiesen convenido, cuando los cónyuges hubieran pactado en capitulaciones matrimoniales que no regirá entre ellos la sociedad de gananciales, sin expresar la reglas por que hayan de regirse sus bienes, cuando se extinga, constante matrimonio, la sociedad de gananciales o el régimen de participación, salvo por voluntad de los interesados fuesen sustituidos por otro régimen distinto.

En este régimen de separación pertenecen a cada cónyuge los bienes que tuviesen en el momento inicial del mismo y los que después adquieran por cualquier titulo, así como su administración.


El Régimen de Participación en las Ganancias.
En el Régimen de participación cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente.

Cada uno administra y tiene libre disposición de sus bienes tanto los que le pertenecían antes de contraer matrimonio como los adquiridos posteriormente.

Producida la extinción se determinarán las ganancias por las diferencias entre los patrimonios inicial y final de cada cónyuge.

No quiero terminar, sin antes deciros lo útil que sería buscar asesoramiento puntual sobre estos temas antes de contraer matrimonio, o incluso durante el mismo, se pueden evitar múltiples conflictos de futuro, se debe regular con claridad dentro de la armonía para cuando no exista entendimiento entre la pareja.



Carmen Marcos




sábado, 30 de abril de 2011

Los Albaceas-Contadores-Partidores



Ya conocemos algo sobre la Herencia, sus partes, la aceptación y partición de la misma realizada de común acuerdo por los herederos, o en caso de desacuerdo mediante partición judicial, también conocemos que el Testador puede, por acto entre vivos o por última voluntad, realizar el mismo la partición de sus bienes, siempre que no perjudique a la legitima de los herederos forzosos.

Igualmente el Testador, puede dejar nombradas a personas en su Testamento para administrar y repartir la Herencia, esas personas son los Albaceas-Contadores-Partidores, tales personas son las encargadas de practicar la partición ejecutando las últimas voluntades del causante y como ejecutores testamentarios con amplias facultades, son de las más autorizadas para descubrir la verdadera voluntad del Testador.

Ahora bien, si el Testador no deja determinado en el Testamento las facultades de los Albaceas, éstos tendrán las facultades que la ley establece, y tal como dispone el artículo 904 del Código Civil, “El albacea, a quien el testador no haya fijado plazo, deberá cumplir su encargo dentro de un año, contado desde su aceptación, o desde que terminen los litigios que se promovieren sobre la validez o nulidad del Testamento o de algunas de sus disposiciones”, cesan por tanto, las facultades de los Albaceas de representar a la Herencia desde el momento en que hayan cumplido su cometido o por término del plazo legal establecido.

En este punto, es interesante recordar que presentando demanda ante el Juez competente, puede impugnarse un Testamento, alegando dolo, fraude o violencia sobre el Testador, falta de capacidad del mismo o si se vulneran derechos de algún heredero, “El testador no puede prohibir que se impugne el Testamento en los casos en que haya nulidad declarada por la Ley”.





Carmen Marcos





jueves, 28 de abril de 2011

Partición de la Herencia






Con las nociones básicas de lo que es la Herencia, el siguiente paso será conocer como se reparte la misma, será muy sencillo si existe Testamento y acuerdo entre los herederos, tendremos que acudir a la Notaría a Otorgar Escritura de Partición y Adjudicación de Herencia.

Claro está, tendremos que llevar los documentos necesarios, como son: el Certificado de Defunción del causante, Certificado de Últimas Voluntades, Testamento, y en el caso de no haber Testamento, antes de partir la Herencia hay que efectuar la Declaración de Herederos que puede hacerse mediante Acta de Notoriedad a presencia de Notario.

(Tampoco es necesario que todos acudan al Notaría, los que no quieran o puedan ir, pueden otorgar poderes), lo realmente necesario, es que todos los herederos estemos de acuerdo en la partición, en otro caso, aquel que no se conforme, tendrá que presentar demanda judicial frente a los demás herederos.

En la Notaría no tienen porque conocer las propiedades que tenga una persona al momento de fallecer, y aunque pueden averiguar muchos datos a través del Catastro, del Registro General de Seguros, o del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, esto no siempre es fiable al 100%, pues, pueden existir otros bienes y derechos que no figuren inscritos en ningún registro público y sin embargo sean de propiedad de la persona fallecida.

Por eso, es muy importante, además de facilitar información precisa, presentar todos y cada uno de los Títulos de propiedad de los bienes, derechos, créditos y cargas que deje el difunto, para realizar el inventario y evalúo correcto de todos ellos.

Sin embargo, si después de otorgar la Escritura de Partición de Herencia aparecieran otros bienes, no pasa nada, habrá que acudir nuevamente al Notario a realizar otra escritura de Adicción a la Herencia del causante.

No podemos culpar de tal omisión, al Notario ni al Abogado que llevó el asunto, pues como indiqué antes y a modo de ejemplo, no es posible que los profesionales adivinen, que el causante no aceptó la herencia de su madre que falleció hace unos años y la misma consta de varias parcelas perdidas por el rural de cualquier ciudad de España, que no están ni siquiera inmatriculadas en el Registro de la Propiedad, y en el Catastro figuran a nombre de persona distinta del propietario.

Con nuestra Escritura de Partición de Herencia, el segundo paso será cumplir con las obligaciones fiscales, pasando por la Agencia Tributaria a abonar el impuesto de Sucesiones, por el Ayuntamiento que corresponda a abonar las Plusvalías y posteriormente, si lo que heredamos son inmuebles, habrá que acudir a los distintos Registros de la Propiedad, con objeto de que el Registrador inscriba las fincas a nuestro nombre, si son vehículos iremos a Trafico, etc.

Y, si la Herencia además, consiste en unos miles de euros en cuentas corrientes, es más fácil todavía y lo que más gusta a la gente, se retiran los fondos de la Entidad o de la Caja Fuerte y a invertirlo, o gastarlo prontito, que circule, es preciso que el dinerillo se mueva para que genere riqueza.

Bueno amigos, por hoy ya está bien de daros el tostón, otro día más.


Pensamientos……………………………………………

Carmen Marcos

jueves, 14 de abril de 2011

Las tres partes de la Herencia



Comentaba en otro artículo, que la Legítima son los derechos hereditarios que corresponden a alguien por imperativo legal, de la cual no se puede privar al heredero, excepto por las causas de desheredación previstas en la ley.


Un Legado es el bien o los bienes, de los que puede disponer el causante.


El Testador podrá dejar a un hijo más bienes que al otro, siempre que se respete la Legítima, por ejemplo, un padre en vida le dona a un hijo un bien, cuando se reparta la herencia, si no respetan la legítima de los herederos, pueden incluso anularse tal donación.


Todos conocéis que la herencia se divide en tres partes: la legítima, el tercio de mejora y el de libre disposición.



Se puede disponer del tercio de mejora y del de libre disposición para un hijo y repartir el tercio de legítima entre todos los hijos, incluso con el mejorado, claro que, prácticamente, eso es casi como desheredar a los hijos, sin tener que señalar las causas previstas en la Ley, como son, por ejemplo, el hijo que ha tratado mal o no se ha ocupado negándole alimentos a la madre, al padre o descendientes, por ello, puede ser desheredado.


Igualmente puede ser desheredado por el hijo el padre o madre que ha perdido la patria potestad de su hijo, los padres a los hijos que maltraten de obra o injuriaran a los padres, los hijos a los padres que nieguen los alimentos a los hijos, los hijos a los padres que atenten contra la vida del otro. Los cónyuges que hayan incumplido sus deberes conyugales, los que hayan atentado contra la vida del otro.


En fin, que son varias las causas que expresa la Ley, pero que sepáis que la desheredación solo podrá hacerse en Testamento, expresando en él la causa legal en que se funde y la prueba de ser cierta la causa de la desheredación corresponderá a los herederos del Testador si el desheredado la negare.



Carmen Marcos Núñez




martes, 12 de abril de 2011

La Herencia



Nacer y morir son dos caras de la vida, rodeadas y salpicadas por el dolor y el sufrimiento, pero como dice el refrán “las penas con pan son menos penas”, porque cuando una persona muere, bien es verdad que se va, pero aquí se quedan en este mundo terrenal y material, todos los bienes, derechos y obligaciones de esa persona que no se extingan con su muerte, eso es una herencia.


Pero fijaros bien, la herencia comprende no solo bienes y derechos, con frecuencia nos olvidamos de las obligaciones del causante y con los tiempos que corren es importante recordar el concepto para los herederos, que son los que suceden al difunto en sus derechos y obligaciones por el solo hecho de su muerte por testamento o porque lo sean forzosos.


Todos conocéis que un Testamento es básicamente el acto por el cual una persona puede disponer para después de su muerte de sus bienes, se puede hacer de distintas formas, incluso manuscrita, sin embargo, lo más habitual es hacerlo ante Notario, porque el protocolo del Notario es una archivo público y se envía referencia de que se otorgó testamento al archivo de últimas voluntades del Ministerio de Justicia, el interesado que desee averiguar si su familiar otorgó o no Testamento, podrá solicitar el Certificado de Últimas Voluntades, pasados 15 días después del fallecimiento.


En alguna entrada de mi blog ya os expliqué que la legítima es, “la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto forzosos”, y son herederos forzosos, los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendientes. A falta de hijos, los padres y ascendientes respecto a sus hijos, el viudo o la viuda respecto al usufructo de un tercio de la herencia o del 50% si concurre con los padres del difunto.



A todos los que visitasteis durante los últimos meses el letargo de mi blog, quiero enviaros un abrazo de cariño y terminar hoy, con una frase del escritor británico William Shakespeare:


“Duda que sean fuego las estrellas, duda que el sol se mueva, duda que la verdad sea mentira, pero no dudes jamás de que te amo”.


Carmen Marcos Núñez



viernes, 31 de diciembre de 2010

..Prospero y Venturoso 2011........

..Desde Madrid, feliz salida y entrada de año........

..Besazosssss y lo mejor para todos en 2011...........


Carmen Marcos

lunes, 2 de agosto de 2010

Verano 2010

Muchos de vosotros tendréis la agenda perfectamente definida y no aceptaríais ni media sugerencia que os lleve a cambiar aunque sea mínimamente vuestros planes para los próximos meses, otros estaréis actualizando agenda y dándole forma a los proyectos tanto en el plano profesional, económico, personales o de ocio que desearíais acometer, si entre esos proyectos está visitar Galicia con el pretexto de que este es Año Santo, me vais a permitir como gallega que siento y amo mi tierra que os hable de un pequeño trocito de la gran desconocida Provincia lucense, se trata de la primera etapa del camino de Santiago por donde el peregrino entra en Galicia.

Justo después de dejar atrás Villafranca, pasando por Pereje, es difícil describir la grandiosidad del paisaje en la senda a Piedrafita del Cebreiro y muy cerca, en O Cebreiro y rodeada de pallozas, se encuentra la iglesia de Santa Maria do Cebreiro, lugar de peregrinación y milagro en el que se encuentra según la leyenda el famoso lugar del Grial Gallego, y pasando por Hospital de la Condesa, alcanzamos la cima del puerto del Poyo, pasamos por Triacastela y llegamos a Samos, un lugar increíble, con encanto natural, su Monasterio, su río, sus gentes, que puedo deciros si son mis paisanos.

Tanto si vais con familia como con amigos, eso sí, es imprescindible llevar coche, no dejéis de acercaros a disfrutar de los paisajes del Valle de Louzara y de O Courel, por un momento pensareis que os habéis perdido y os preguntareis, como es posible que entre este laberinto de montañas y llanuras viva gente?, pues si, os sorprenderá encontrar diminutas aldeas, que transmiten alegría y tranquilidad y en verano están en fiestas.

También encontrareis sitios donde poder hacer un alto y calmar el hambre y la sed, casas rurales y refugios acogedores donde igualmente podéis descansar.

En tierras de Samos no dudéis en acercaros el día 10 de agosto a la aldea de Portela de Louzara, celebramos la fiesta a nuestro patrón San Lorenzo, y además de misa, procesión, comida familiar, tenemos queimada, verbena y también alborada con música que sin duda inspira sentimientos.

Y el día 17 de agosto en A Ponte de Louzara se celebra la III Feria de Artesanía y Productos Naturales, la feria se celebra en un souto de castaños centenarios, junto al río Louzara, lugar ideal para pasar el día con toda la familia o amigos, comer, divertirse y adquirir algún recuerdo de nuestro paso por Galicia en este verano de 2010, productos artesanales de la tierra que solamente aquí podremos encontrar.

Para aprovechar intensamente el viaje turístico, que además de ganar el jubileo, conocer Galicia y sus gentes, disfrutar saboreando sabrosos mariscos y productos típicos de mi tierra,tienes que ir preparado y estar dispuesto a ser testigo de cómo el viejo espíritu celta renace este verano en cada nota de gaita que suena en las romerías de las distintas aldeas y parroquias y brota en cada rincón del camino donde los más bellos paisajes te harán sentir en perfecta armonía, pero ese placer tienes que vivirlo desde dentro y sentir cada paso el viaje por Galicia.

Comienza por contemplar el azul turquesa del cielo, el amanecer junto al mar, una puesta de sol, el verde intenso del campo, la sombras del día o de la noche, la belleza de nuestras aldeas y parroquias, el brillo de los tejados de las casas con sus techos de losa de pizarra y porque no, nuestra lluvia, ese chiribiri que te va calando la ropa sin que apenas te des cuenta, a la vez que fortalece tu cabello y tu cuerpo para llegar a Santiago de Compostela y poder contemplar el Portico de la Gloria de la Catedral de Santiago, que es maravilloso, impresionante, contemplar tan grandiosa obra se presta al asombro, la admiración y a la meditación.

El camino es algo más, ya vayas andando o en coche, no solamente es hacer etapas y llegar a Santiago, disfruta cada paso, no dejes de sentarte junto a las innumerables mamoas que encontrarás y que dan testimonio de antiguas formas de vida y nos hablan de las creencias de nuestros antepasados, disfruta contemplando el paisaje de toxos, carqueixas, uces e xestas, los bosques de pinos, abedules, castaños, cerezos, manzanos y robles.

Si preguntamos a alguien que es un roble, posiblemente lo describirán como un árbol de hojas caedizas, el haz es de color verde intenso y el envés es más pálido y en él se observan los nervios con claridad, madera dura muy apreciada, que se utiliza para guardar el vino, construir casas, embarcaciones y, en Galicia mis antepasados además de utilizar su leña para hacer fuego, la madera la utilizaban para hacer aperos de labranza, tales como: arados, ruedas y mangos de todo tipo de herramientas.

Pero yo quiero deciros algo más:
El Roble no es cualquier árbol, es robusto, majestuoso, elegante, su hoja es caduca, grande, su fruto es la bellota, grande y colgante que presenta una caperuza de escamas casi planas. Los celtas lo consideraban como el rey de todos los arboles, “un árbol sagrado”, cargado de fuerza, junto al cual tenían sus reuniones.

Cuando atravieses por tierras de Samos y Sarria, no dejes de adentrarte en alguna de sus carballeiras también llamados en castellano “Robledal”, elige entre todos tu árbol y no dudes en fundirte con él en un abrazo, siente y notarás enseguida dentro de ti la fuerza del Roble, es difícil de describir esa sensación, hacerlo y ya me contaréis.

Buen verano 2010

Carmen Marcos Núñez.

miércoles, 21 de julio de 2010

Cambio de titularidad de vivienda o local (obligaciones de los propietarios)


Una amiga lectora del blog se interesó por conocer las obligaciones del propietario de una vivienda en régimen de propiedad horizontal, ya le comenté que el artículo 9 de la LPH establece la obligación de todo propietario de contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el titulo o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.

Y además el citado artículo, entre otras obligaciones establece lo siguiente:

“El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación”.

El párrafo anterior es tan claro que no necesita mucho comentario, significa que el adquirente vendrá obligado a las deudas que hubiera dejado el vendedor por la anualidad actual y la anterior, siempre contados por años naturales.

Además quiero comentar con vosotros que, igualmente el vendedor que no comunique el cambio de titularidad de la vivienda al Secretario de la Comunidad, seguirá respondiendo por las deudas devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, salvo que los órganos de gobierno de la Comunidad, Presidente o Administrador hayan tenido conocimiento del cambio de titularidad a través del nuevo propietario.

Carmen Marcos Núñez

viernes, 16 de julio de 2010

"La Estrella de los Mares"

Hoy 16 de agosto (quería decir 16 de julio) se celebra el día de la Virgen del Carmen, patrona de los marineros, felicidades en este día a todas las Cármenes entre ellas yo misma.

Muchisimas gracias a los que os acordáis de mí y me estáis felicitando en este día, ya sea de una u otra forma, la energía positiva me está llegando y me siento más dichosa este 16 de agosto (quería decir 16 de julio) de 2010 y quiero compartirla con todos.


Desde Madrid, envío un abrazo muy grande con intención de que pase por La Coruña.


Carmen Marcos

sábado, 26 de junio de 2010

Filiación



Si me preguntáis la diferencia que existe entre un hijo de un matrimonio y otro cuyos padres no están casados, os diría que ninguna, dado que tienen reconocidos por Ley los mismos derechos, que en términos generales son, llevar los apellidos de uno y otro progenitor, recibir de ambos todo lo necesario para su desarrollo personal y recibir la herencia que fijen las leyes.


El primer paso para adquirir esos derechos es la filiación, significa que al nacer como hijo de padre y/o madre, queda inscrito como tal, o porque la paternidad sobre el mismo sea reclamada por el padre, la madre o el mismo hijo en un proceso judicial que le reconozca.


Además, existen otras formas de filiación, la que tiene lugar por adopción, hijos que igualmente tienen los mismos derechos, quizás, alguno de vosotros se preguntará si una pareja homosexual pueden adoptar?, pues bien, al estar reconocido por el Código Civil el matrimonio homosexual, si pueden hacerlo porque tienen los mismos derechos que los heterosexuales y rigen las mismas normas.


Nuestro Código Civil en su artículo 109, dice que la filiación determina los apellidos con arreglo a lo dispuesto en la Ley.

Si la filiación está determinada por ambas líneas, el padre y la madre, podrán decidir el orden de los apellidos en el momento de la inscripción y si no hubiera acuerdo decidirá el Juez.


Que sepáis que una vez decidido el orden de los apellidos del primero de los hijos, impone el de los hermanos nacidos de la misma pareja y cuyo orden de los mismos podrá cambiarse por el interesado al llegar a la mayoría de edad.

También quiero deciros que la filiación de un hijo de madre soltera puede hacerse declarando solo la identidad de la madre fijada en el acta de nacimiento, pero imaginaros que el padre está casado con otra persona y quiere reconocer a su hijo, pues en ese caso el padre perfectamente puede inscribir a su hijo como tal.


Claro que esto ocurre en contadas ocasiones y con el paso del tiempo para determinar la filiación no matrimonial llegan por sorpresa las reclamaciones judiciales de filiación, las conocidas como “demandas de paternidad”, de las que otro día escribiré, porque hoy me voy en busca de un granizado de limón en alguno de los muchos rincones secretos y bellos de Madrid.


Un abrazo a todos.


Carmen Marcos

domingo, 13 de junio de 2010

Algo sobre Incapacitación


En nuestro entorno existen personas afectadas por enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico, que les impiden gobernarse por si mismas y debido a las patologías que les afectan no tienen capacidad para regir su patrimonio o administrar sus bienes.

Sin embargo, no se es incapaz, por el solo hecho de padecer alguna patología compleja que disminuya las facultades de la persona, sino cuando por sentencia judicial se declare la incapacidad de la misma y en virtud de las causas establecidas en la Ley.

Lo habitual es que sean los familiares más cercanos, padres, hijos, cónyuge o hermanos, los que soliciten al Juzgado la declaración de incapacidad, así como, que se determine la extensión y límites de la misma, el régimen de tutela o guarda a que deba quedar sometido el incapacitado y que se designe a la persona o personas que han de asistir o representar al incapacitado según cada caso.

El Código civil establece que están obligados a promoverla, los parientes más próximos del presunto incapaz, aunque también cualquier persona podrá poner en conocimiento del Ministerio Fiscal o del Juez y éstos al tener conocimiento de que existe en su jurisdicción alguna persona que deba ser sometida a tutela, pedirá el primero y dispondrá el segundo la constitución de la misma.

La declaración judicial de incapacitación implica carecer de aptitud para gobernarse respecto a su persona y patrimonio, por lo que según el Tribunal Supremo debe regir el principio de protección del presunto incapaz como trasunto del principio de la dignidad de la persona y la decisión judicial siempre debe basarse en la realidad fáctica de la persona del presunto incapaz siguiendo siempre un criterio restrictivo.

Por ello, se entiende que la incapacitación es una medida de protección para aquellas personas que no pueden autogobernarse, por estar afectados por una incapacidad total y permanente que les limita la capacidad para regir su persona y administrar sus bienes.

El Juez declarará la incapacitación y los grados de la misma, nombrará un tutor para que represente al incapaz, dado que el sometido a tutela carece de capacidad.

Cuando la capacidad de autogobierno se encuentre ligeramente limitad y dependiendo del grado de discernimiento del incapaz, se declarará la incapacitación parcial y el Juez nombrará un curador.

Pero la curatela es una medida cautelar, dado que, el sometido a curatela es capaz, pero requiere un complemento de capacidad, que le proporcionará el curador para asistirle en aquellos actos que determine la sentencia.

En los procedimientos sobre incapacitación siempre será parte el Ministerio Fiscal.

La resolución Judicial que declare la incapacitación y sobre el cargo de tutela o de curatela se inscribirá en el Registro civil.

Carmen Marcos

jueves, 10 de junio de 2010

Lo imposible


Noches enteras sin dormir dándole vueltas a una idea, queriendo encontrar la solución al problema.

Día tras día haciendo las mismas preguntas; Porqué?, Que puedo hacer?, En que me estoy equivocando?.

La solución estaba tan cerca, solo había que verla, quizás no había problema, o si lo había no estaba en nuestra mano.

Pero, tantos meses, incluso años con la misma obsesión, como no supimos verlo antes. Muy sencillo, porque el problema era el otro, o sus circunstancias, pero eso no dependía de nosotros.
De pronto, lo vemos cristalino y dejamos de luchar por aquel imposible, menos mal que nos damos cuenta a tiempo y rectificamos, y por fin dejamos de atormentarnos, de sentirnos incluso culpables.

Se acabó perder la vida en algo que no está a nuestro alcance cambiar, gracias a que de los errores aprendemos más bien poco y continuamos el camino ilusionándonos, empeñándonos en otras cosas igual de imposibles que las anteriores y nos volvemos a equivocar, pero vivimos que en realidad es de lo que se trata.

Al pequeño relato que acabo de escribir, le pega una frase del escritor Hermann Hesse que me gusta y que dice “Para que pueda surgir lo posible, es preciso intentar una y otra vez lo imposible”.

Amigos, un abrazo a todos.

martes, 1 de junio de 2010

Algo sobre patria potestad




Hoy voy a escribir sobre la patria potestad, definida en el Art. 154 y siguientes del Código Civil, como el conjunto de derechos y obligaciones existentes entre padres e hijos, así, los hijos están bajo la potestad de sus padres hasta su emancipación o mayoría de edad y que la patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, y consiste en que los padres deben velar por los hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurar su formación integral, representarlos y administrar sus bienes y también los hijos deberán respetar a sus padres.


Pero qué pasa cuando los padres viven separados?. Existen dos figuras diferenciadas la patria potestad y la guarda y custodia, si ambos progenitores viven juntos, ambas figuras se encuentran unidas, si se produce la separación legal o el divorcio entre los progenitores, la guarda y custodia es la obligación de cuidar a los hijos, que habitualmente viene siendo atribuida por los tribunales a la madre, siendo por tanto quien los tenga en su compañía y ejerza la decisión sobre cuestiones diarias en la vida de los menores.


Las resoluciones judiciales, salvo casos excepcionales acuerdan que la patria potestad será compartida por ambos progenitores en igualdad de condiciones y así lo establece el Art. 156 del Código Civil, ello significa que este ejercicio conjunto supone que las decisiones importantes relativas a los hijos menores serán adoptadas por ambos progenitores de mutuo acuerdo y en caso de discrepancia resolverá el Juzgado.


Sin embargo, en la realidad y en la gran mayoría de los casos de procedimientos contenciosos esto no es así, y el progenitor custodio, casi siempre la madre, se arroga por voluntad propia ambas potestades sobre los hijos, ninguneando constantemente la figura del padre que también casi siempre es el no custodio, excepto para exigir las pensiones alimenticias.


Mi opinión en este tema, es que no habrá una verdadera igualdad de oportunidades, mientras las mujeres no facilitemos que los padres se impliquen y responsabilicen más directamente y al 50% en el cuidado, la crianza y educación de la prole, pero desde el mismo instante de la concepción.


Pero, yo no quiero escribir hoy sobre igualdad, ni sobre custodia compartida, asique a título indicativo voy hacer referencia a decisiones incluidas en el ámbito de la patria potestad compartida por ambos progenitores cuando los padres están separados o divorciados:

Por ejemplo, decidir sobre cambio de domicilio del menor fuera del municipio de residencia habitual y no digamos de traslado de residencia del menor a otra ciudad o al extranjero.

Decidir sobre la elección inicial de colegio, si público o privado, o cambio del mismo para el menor.

Determinar que actividades actividades extraescolares o complementarias debe o no realizar el hijo, campamentos, viajes de fin de curso y similares.

Una decisión de celebraciones sociales y religiosas como puede ser, bautismo, primera comunión, confirmación, (o similares en otras religiones).


Una decisión de actuaciones medicas que supongan intervención quirúrgica, o tratamientos médicos o psicológicos de larga duración y que no sean urgentes.


También el progenitor no custodio tiene el derecho/deber de participar en las actividades tutoriales del centro al que acudan sus hijos y tienen el derecho a ser puntualmente informados sobre la marcha escolar de sus hijos, así como a recabar información médica o similar sobre distintos tratamientos si los hubiera.


La Patria potestad sobre los hijos puede perderse por varios motivos, sin embargo, la pérdida de la misma, no implica el cese de la obligación de dar alimentos a los hijos.


Carmen Marcos

lunes, 31 de mayo de 2010

Vender un inmueble de un menor de edad



Hace un par de días quedé con un amigo para darle el pésame por el reciente fallecimiento de su esposa a cuyo funeral no pude asistir por encontrarme de viaje fuera de Madrid.

Tras el emotivo abrazo de rigor, me interesé por el estado del hijo adolescente que por esas carambolas del destino quedó huérfano de madre con apenas 12 años de edad.

Me dice que el chico está bien, continúa con su vida, sus amigos, los estudios y demás, sin embargo, el problema lo tiene mi amigo, pues junto a la pérdida de su esposa, le comunicaron el cierre inminente de la empresa donde prestaba sus servicios desde hace más de una década y como resultado se ve haciendo fila en las colas del paro.

Este amigo mío siempre es muy positivo y piensa aprovechar esta situación no buscada por él para dar un nuevo enfoque a su vida y me dice que tiene en mente proyectos interesantes, piensa que un cambio de aires les vendrá bien a su hijo y a él, pero para ello tiene que vender la casa que tiene en un centrico barrio de Madrid y que con tanta ilusión compró junto a su esposa a los pocos meses de casarse, pero como la tiene totalmente pagada, con el dinero que le den comenzarán una nueva vida en otra ciudad, o incluso en otro país.

Me comenta que tiene un posible comprador y que necesitaría que yo le vaya preparando un contrato de arras o de compraventa, para realizar cuanto antes la operación.

También me dice que su esposa otorgó testamento dejándole a él la cuota legal y nombrando heredero al hijo de ambos, que ellos estaban en régimen de gananciales y en realidad de bienes solo tiene de valor el piso, bueno tiene algo más, porque luego me va contando y tiene un coche, dos motos, una plaza de garaje, acciones, un plan de pensiones, unos ahorrillos y muy importante, no tiene deudas.

Mi amigo sabe que prácticamente la mitad de los citados bienes le pertenecen a su hijo por ser el único heredero, también sabe que él como padre ejerce la patria potestad de su hijo, que por ello tiene la facultad de administrar los bienes del menor, pero lo que no sabe mi amigo es que son actos de administración todos los que se puedan realizar sobre los bienes de los menores que no constituyan enajenación o gravamen.

Informo a mi amigo, que para poder vender el inmueble tendrá que solicitar autorización judicial y en el procedimiento deberá ser parte el Ministerio Fiscal, dado que tiene atribuida por Ley la defensa de los intereses de los menores.

Para que prospere la petición habrá de acreditar y justificar las causas de necesidad o utilidad de la enajenación, así como el destino que se dará al dinero obtenido con la venta del inmueble.

Mi amigo, algo incrédulo me pregunta, y eso quien lo dice?
El Art. 166 del Código Civil.

Bueno amigos, aquí pongo punto y final a la pequeña historia que quise escribir hoy, en esta madrugada del mes de mayo, que tengamos todos un lindo día.

Carmen Marcos

miércoles, 19 de mayo de 2010

"Ese vecino que molesta"



Vivir en Madrid, al final termina agotando:

Llego a mi casa, cansada del trabajo, casi ni me acuerdo a la hora que salí esta mañana, ni de la cantidad de patadas que di por la ciudad, (hablo en sentido metafórico), porque ya no doy ni patadas, desde que no libro batallas con los amigos de la infancia haciéndoles la zancadilla para tirarlos al suelo o para intentar colarles algún gol cuando jugábamos al fútbol no Chao do Lago (más de uno sabe que digo verdad) y de eso pasaron muchos años, pero ahora por no jugar, no juego ni al fútbol, ya no tengo edad y quedaría feo, muy al contrario intento comportarme como requiere cada ocasión, aunque alguna vez me quede con las ganas de arrear más de un guantazo, (también lo digo en sentido metafórico, la violencia no es lo mio).

A lo que iba, una vez me despojo del disfraz callejero del maquillaje, de la peluca y los tacones, me pongo bata y zapatillas, instalándome cómodamente en el sofá de mi casa, cierro los ojos intentando visualizar las tareas de mañana antes de rendirme a un profundo momento de soledad conmigo misma y zas, parece que no estoy de suerte.

Como cada noche, el vecino decidió empezar con la mudanza en su piso, se ve que además necesitan animarse con la música a toda pastilla y junto a la mujer y los hijos se enzarzan en una discusión a voces que asusta hasta a su perro que no deja de ladrar, porque ni siquiera le sacan a pasear, al pobre animal lo tienen encerrado en la terraza.

Digo yo, que harán la fiesta creyendo hacerme un favor y para animarme la velada, porque de otro modo, entenderían que me están molestando y serían más celosos de su intimidad y respetuosos con las horas de descanso de los vecinos que como yo regresamos cansados buscando la paz del hogar y curar así las heridas del alma y del cuerpo, para continuar mañana siendo útiles y respetuosos con la sociedad a la que pertenecemos.

Pero hasta aquí hemos llegado, estoy harta y esto tiene que acabar, así, el primer paso será ir en busca del Presidente de la Comunidad y de varios vecinos, para que se cercioren de las molestias que el citado copropietario me está causando, a continuación llamaremos a la policía y acudiremos a la comisaría más cercana a poner la correspondiente denuncia y así todos los días en que esto ocurra.

Se trata de tener prueba suficiente de que esto está pasando en realidad y que no me lo estoy inventando, porque claro, llegas a la oficina y cuentas la batalla de cada noche y hasta tus compañeros te miran raro y por lo bajo se dicen "a ésta lo que le pasa es que está sola y amargada", pero ya te digo, que no te toque en tu Comunidad un vecino así.

Yo siempre recomiendo, antes de comprar un piso en un edificio en régimen de propiedad horizontal, incluso antes de ir al registro de la propiedad, date una vuelta por la Comunidad y visualiza al vecindario. “es broma, pero no estaría de más”.

Pues como os decía, además, de la presencia de otros vecinos, de la policía, de las denuncias correspondientes cuando ocurran los hechos, el Administrador de la Comunidad por indicación y en nombre del Presidente, enviará un burofax mediante el cual requerirá al propietario que molesta, para que deje de realizar las actividades molestas comunicándole que si no cesa en sus molestias se convocará una reunión al efecto y la Junta de Propietarios tomará los acuerdos precisos, incluso iniciar acciones legales tendentes a que cese en su actividad molesta y si fuera preciso solicitar la privación del uso de su piso por un determinado tiempo.

Lo anterior, vale igual para propietario u ocupante inquilino del inmueble que causa las molestias, quien no tiene aquí en la ciudad como vecinos de descansillo a inquilinos estudiantes llegados de cualquier punto de España o de otros países y con residencia temporal en Madrid que celebran cada semana hasta altas horas de la madrugada la fiestuqui de los viernes y los sábados, muy concurrida por cierto, a veces la peña puede superar el medio centenar de personas tomándose el botellón en pisos de menos de cien metros, os podéis imaginar como quedan las escaleras del inmueble, eso cuando al regresar tarde con tus hijos de alguna cena familiar no te encuentras alguna pareja en el ascensor o en el portal dedicados con verdadero celo a las artes amatorias y que además ni se inmutan, "te invade un sentimiento de envidia que ni te cuento".

Bromas a un lado, en resumen ante un comportamiento antisocial de aquellos que no respetan las normas de convivencia de una comunidad de vecinos, perturbando con ello el descanso y la paz de todo o parte del vecindario los primeros pasos serían los que anteriormente e comentado y en relación con este tema quiero repasar con vosotros el párrafo primero del art. 7.2 de la LPH que establece:

“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.


Si a pesar de las denuncias, el requerimiento y demás, el infractor persiste en su conducta, el próximo paso consiste en que, el Presidente de la comunidad debidamente autorizado por la Junta de propietarios proceda a encargar a profesionales de confianza el inicio de las acciones legales oportunas.

Bueno, después de contaros todo esto me quedo más tranquila sobre todo porque me iré a casa a descansar, eso sí, tengo que deciros que yo tengo suerte, mis vecinos son estupendos y desde aquí les mando un abrazo y otro para todos los que por alguna razón habéis seguido la historia hasta el final.

Carmen Marcos

domingo, 18 de abril de 2010

Abril 2010


Si alguno de vosotros se pregunta, por donde andará Carmen en estos últimos meses que apenas escribe?, la respuesta no la tengo ni yo misma, los días se fueron pasando en un ir y venir de quehaceres rutinarios, las noches fueron perdido la belleza de antaño, cuando al despertar cada mañana llegaba a mi recuerdo el dulce sueño de la última noche y con él un impulso gratificante para comenzar un nuevo día del que sacaba un tiempito para acercarme a esta ventanita y escribir un poco.

Después de tan largo letargo, la magia se ha vuelto a desatar esta noche y en mis sueños irrumpió de nuevo mi tierra natal, el valle de Louzara, puedo imaginar sus pequeñas aldeas dispersas cuyas casas de piedra y pizarra brillan especialmente en estos días debido a los reflejos del sol y de la lluvia, con sus verdes praderas, sus chousas de castaños, de pinos, de carballos, de abedules y mi querida Portela con sus montes cubiertos de uces, carqueixas, toxos, xestas, piornos y algún cerezo en flor, sentí presente el despertar de la naturaleza abriéndose a la primavera, el ir y venir de las abejas recogiendo el néctar de las flores para que podamos degustar tan dulce fruto, “la miel”, y en este estado de excitación me dispongo a compartir con vosotros mi vuelta al rincón preferido.

A pesar del tiempo transcurrido, espero sentirme como en casa y empiezo por mandaros un guiño de complicidad a todos los que por cualquier razón os encontréis leyendo este artículo que pienso publicar hoy.

Ayer unas amigas me invitaron a degustar las sabrosas viandas que nos ofrecieron en un restaurante gallego, podéis imaginar, era Galicia en Madrid, empanada, pulpo, lacón, grelos, algo de marisco, todo ello regado con vino de la tierra, al final filloas, queimada y conxuro, claro, ahora entiendo porqué soñé tan lindo anoche, así es fácil inspirarse.

Pues como os decía, una comida o cena entre amigas que se ven poco se presta a confidencias, con el puntito que te da el vino, cuentas cosas que de otro modo callarías, a veces tu vida es tan plana que no ocurre nada especial, pero otras personas viven tan intensamente que da gusto escucharles, claro en principio todo parece idílico como en un cuento de hadas.

Vives en la ciudad, eres una mujer libre e independiente, tienes un pisito en propiedad totalmente pagado, unas acciones, unos ahorrillos y un trabajo estable, tu suerte culmina cuando conoces un chico estupendo y sin perder tiempo te casas, mientras tus padres preparan una boda a lo grande que ellos pagan, tu organizas con tu dinero viajes varios para descansar, porque se lo merece, el pobre está estresado, la vida no le trató bien, te cuenta que la última novia era malisima, fíjate que le echó de casa con lo puesto, quedándose ella con todo, encima tiene mala suerte y no encaja en ningún trabajo, pero es tan lindo que vuestra felicidad se colma con la llegada de un bebito.

Pasa el tiempo y el pisito de soltera se os queda pequeño para tres y tu marido se da cuenta que tenéis que venderlo y comprar una casa más grande, aún a pesar de la crisis económica, la gestión de venta y compra se realiza pronto, además, que majo, se ocupó de todo el papeleo, bancos transferencias y demás, que suerte tener un hombre en casa en quien puedas delegar, porque tu no podrías hacerlo sola, entre el trabajo, la casa, la compra, el crío, no te queda tiempo libre.

Por eso él chico en cuestión continua viviendo del cuento, así no puede encontrar trabajo, como quieres que ayude en casa, si está yendo diariamente a entrevistas, eso agota, no puede llevar a vuestro hijo al colegio, porque eso es mucho madrugar, tampoco puede recogerlo porque es la hora de la siesta.

Tu ya no le entiendes, y él te dice que eres una mujer egoísta, que tu prioridad es tu hijo, el trabajo y el dinero, porque claro, por más que tiras de tus padres ellos ya están empezando a cortar el grifo y el dinero no alcanza.

No me gusta nada este punto de la historia porque intuyo el final del cuento, decepción, ruptura y enriquecimiento sin causa para alguien, en fin, problemas varios, y pregunto a mi amiga, por lo menos estarás en separación de bienes?, me confirma que no, como iba a plantearle a su marido algo semejante, que pensaría y así fue pasando el tiempo y ya van siete años de matrimonio.

Bueno, deciros que, la decepción y la ruptura no se podrían evitar, pero si otros problemas, de haber actuado mi amiga de manera más prudente, al casarse debió comparecer junto a su marido en una Notaría y ambos otorgar ante Notario, escritura de capitulaciones matrimoniales, estableciendo que su régimen económico matrimonial sería el de separación de bienes, cosa que no hicieron, por tanto están en gananciales, eso significa que los bienes y deudas que tengan les corresponden a ambos por mitad.

A pesar de no haber hecho capitulaciones, también mi amiga pudo poner a salvo su patrimonio privativo, el adquirido de soltera, es decir, el fruto de la venta de su pisito, más los ahorros que tenía antes de contraer matrimonio, más lo regalado o donado por sus padres, reflejando en la escritura de compra, que tanto por ciento del piso se adquiere con dinero privativo de ella y que parte con dinero ganancial, porque claro, en escritura consta que adquieren los dos el 100% del pleno dominio para su sociedad de gananciales y desde luego mientras no se demuestre otra cosa ese inmueble es ganancial.

Ya estoy imaginando el desenlace, con más de un problema en esta situación que ya no me parece tan idílica como al principio y hoy le toca a mi amiga, pero cualquiera, hombre o mujer, podría ser el protagonista de la historia, asique ojito, amor si, generosidad también, pero con cabeciña que ya no tenemos edad para ir regalando el patrimonio que tanto esfuerzo y sacrificio nos costó conseguir.

Amigos, espero que mi cuento de hoy os arranque por lo menos una sonrisa, aprovecho para enviaros mi recuerdo y un abrazo.

Carmen Marcos

jueves, 28 de enero de 2010

Pensión de Viudedad (modificaciones,enero 2010)


Para todos aquellos que os pueda interesar, deciros que la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, (BOE del 24) entre otras disposiciones, modifica el articulo 174.2, sobre pensión de viudedad de la Ley General de la Seguridad Social, en los casos de separación y divorcio, añadiendo además una disposición transitoria al citado texto en aquellos supuestos de separación judicial o divorcio anteriores al 1 de enero de 2008, que será también de aplicación a los hechos causantes producidos entre el 1 de enero de 2008 y 31 de diciembre de 2009, estableciendo los requisitos que tendrá que reunir la persona separada judicialmente o divorciada para tener derecho a la pensión de viudedad.

Con carácter divulgativo, os diré que solamente en los supuestos de separación judicial o divorcio anteriores al 1 de enero de 2008, y también será de aplicación por hechos causantes ocurridos en 2008 y 2009, para tener derecho a la pensión de viudedad, además de las cotizaciones precisas, de no haber contraído nuevo matrimonio, ni estar inscrito como pareja de hecho, los requisitos básicamente son:

Que la sentencia de separación o divorcio sea anterior al 1 de enero de 2008.
Que existan hijos comunes del matrimonio o bien el beneficiario tenga 50 años a la fecha del fallecimiento.
Que entre la fecha de la sentencia de separación o divorcio y el fallecimiento no hayan transcurrido más de 10 años.
Que el matrimonio haya durado un periodo mínimo de 10 años.

Si alguno de vosotros, cree que en la actualidad reune los requisitos antes citados, preparar cuanto antes la documentación que lo acredite (Certificado de Matrimonio, Certificado de nacimiento de hijos comunes, Certificado de nacimiento del posible beneficiario para acreditar, si no tienes hijos comunes que tienes más de 50 años a la fecha del fallecimiento, por supuesto, necesitarás el Certificado de defunción de tu ex y la Sentencia de separación judicial o divorcio,con todo ello apresurate a acudir al INSS a solicitar el reconocimiento de tu derecho.

Un abrazo,

Carmen Marcos

lunes, 11 de enero de 2010

Los regalos de boda



Igual que los niños al abrir los regalos de reyes, disfrutan los enamorados novios al recibir los regalos de los invitados a su boda, familiares, amigos y conocidos.

En la actualidad se suele regalar dinero, el cual alcanza escasamente para pagar el espléndido banquete y el corto viaje de luna de miel de los felices recién casados, pero, que pasa con los regalos de boda, que pasan a formar parte del patrimonio económico familiar. Aquel cuadro horroroso pero de gran valor, que cuelga en el salón familiar encima de la chimenea, regalo de aquella amiga de la novia, adinerada marchante de arte, o aquellos feos jarrones dorados, piezas únicas que fueron el regalo del viajero tío de la novia.

La dicha no dura eternamente y cuando surja la crisis matrimonial, incluso antes, cada uno de los esposos reivindica como de su propiedad el regalo que le hizo su pariente o amigo, lo deseable sería que igual que disfrutaron al recibirlos, los repartieran entre ambos sin más, utilizando el sentido común, pero los tiempos del buen entendimiento entre ellos pasaron y ahora, disputarán incluso por quien se adjudica aquella baratija a la que nunca prestaron atención.

Así pues, una vez realizada la introducción al tema en cuestión, voy a escribir algo ilustrativo de lo que al respecto establece nuestro Código Civil, así dice el artículo 1336. "son donaciones por razón de matrimonio las que cualquier persona haga, antes de celebrarse, en consideración al mismo y a favor de uno o de los dos esposos".

Por tanto, los regalos de boda podremos calificarlos como donación por razón de matrimonio, ya que los invitados a la boda o donantes, realizan una disposición patrimonial con motivo del matrimonio de los contrayentes, "lógicamente para ser destinada al uso común del matrimonio".

A la hora de liquidar bienes, la cuestión sería fácil de resolver si se pudiera acreditar que los regalos fueron hechos en exclusiva a la esposa, o al esposo o conjuntamente a los dos, pero por lo general, nadie entrega con el regalo un documento en donde se disponga que el presente debe ser considerado como un bien de carácter privativo para el novio o para la novia, muy al contrario junto al regalo en cuestión, ya sea dinero u otra cosa, se adjunta una nota nombrando a ambos contrayentes, deseándoles un futuro lleno de felicidad y ventura.

Por tanto, los regalos de boda deberá entenderse que se trata de una donación conjunta hecha como causa del matrimonio que van a contraer, con independencia de donde éstos procedan, si de invitados de la familia de la novia o del novio.

Establece el artículo 1339."Los bienes donados conjuntamente a los esposos pertenecerán a ambos en pro indiviso ordinario y por partes iguales, salvo que el donante haya dispuesto otra cosa".

No podremos considerar que los regalos de boda sean bienes gananciales ya que según establece el artículo 1345 de nuestro Código civil:

"La sociedad de gananciales empezará en el momento de la celebración del matrimonio o, posteriormente, al tiempo de pactarse capitulaciones".

Y, suele ser habitual la creación por parte de los novios antes de la boda, de listas de regalos, incluso está de moda designar un numero de cuenta donde los invitados pueden realizar los ingresos, pero también se suele quedar con los novios antes de la celebración y entregarles el regalo de bodas.

En cualquier caso, si se trata de regalos de poco interés económico o sentimental, no importa demasiado la forma, en otro caso no dejéis de ser precavidos, la reflexión sirve igual para quien hace el regalo como para quien lo reciba y quedaros con el mensaje:

"regular todo aquello que se pueda mientras dure la armonía, para evitar el conflicto cuando no exista entendimiento".


Un abrazo,

Carmen Marcos

martes, 5 de enero de 2010

El viejo tren.......

...El viajero se subió a un tren creyendo que era el único que le llevaría al lugar donde quería llegar.

...Pasaron los días, los meses, los años, el pasajero estaba agusto y muy cómodo en aquel vagón de tren, pero soñaba con llegar pronto a su destino y un día se puso a pensar que tardaban mucho en llegar a otra estación, no le dio demasiada importancia, hasta que un día una voz interior le hizo darse cuenta de que ese tren estaba parado, no habían arrancado de la vieja estación y allí estaban estancados.

...El tren estaba demasiado apegado a la vía y no podía o no quería moverse, ni siquiera caminó unos metros, ningún camino habían recorrido, ni siquiera lo intentó.

...El pasajero era muy valiente y muy constante y además confiaba mucho en su viejo tren, le había elegido precisamente porque le parecía el más veloz, el más bonito, el más confortable y el más seguro que le llevaría sin riesgo a su lugar de destino, por eso no quiso apearse e intentó ponerlo en marcha, pero todo fue inútil por más que lo intentó, éste no quiso o no pudo arrancar.

...Mientras tanto, el pasajero fue perdiendo sus ilusiones y hasta se olvidó de adonde quería ir y visto que se acercaba el otoño y se estaba muriendo de frío en aquel viejo vagón de aquel tren parado, decidió apearse y así lo hizo en silencio, y caminó con prisa sin sentir gran cosa.

...Estaba decepcionado, mientras había estado en ese tren, habían pasado muchos otros, pero el pasajero nunca sintió deseos de subirse a ninguno, ahora todo era distinto, caminaría y cogería al primero que pasara a su lado, sin preguntarse a donde le llevaría, total daba igual, ni recordaba donde quería ir, lo único que quería era alejarse cuanto antes de aquel tren de sus sueños que no pudieron hacerse realidad.

Quiero deciros, que el anterior relato fue escrito el martes día 13 de marzo del año 2001, al menos eso es lo que pone en la hoja manuscrita que hoy encontré por casualidad. ¡¡Como pasa el tiempo!!.

Me pregunto, que habrá sido de aquel antiguo que no viejo tren?, pues el viajero me contó que, después de descansar de aquel agotador viaje a ninguna parte, pronto recordó donde quería ir, con su mochila repleta de experiencia continuó sin miedo y con ilusión haciendo su camino.

Ya que hablamos de camino, quiero recordaros que estamos comenzando un nuevo ciclo y recién iniciado el Año Santo Xacobeo 2010, año propicio para hacer el camino y visitar la Catedral de Santiago de Compostela en Galicia................

Un abrazo,

Carmen Marcos Nuñez