jueves, 28 de enero de 2010

Pensión de Viudedad (modificaciones,enero 2010)


Para todos aquellos que os pueda interesar, deciros que la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, (BOE del 24) entre otras disposiciones, modifica el articulo 174.2, sobre pensión de viudedad de la Ley General de la Seguridad Social, en los casos de separación y divorcio, añadiendo además una disposición transitoria al citado texto en aquellos supuestos de separación judicial o divorcio anteriores al 1 de enero de 2008, que será también de aplicación a los hechos causantes producidos entre el 1 de enero de 2008 y 31 de diciembre de 2009, estableciendo los requisitos que tendrá que reunir la persona separada judicialmente o divorciada para tener derecho a la pensión de viudedad.

Con carácter divulgativo, os diré que solamente en los supuestos de separación judicial o divorcio anteriores al 1 de enero de 2008, y también será de aplicación por hechos causantes ocurridos en 2008 y 2009, para tener derecho a la pensión de viudedad, además de las cotizaciones precisas, de no haber contraído nuevo matrimonio, ni estar inscrito como pareja de hecho, los requisitos básicamente son:

Que la sentencia de separación o divorcio sea anterior al 1 de enero de 2008.
Que existan hijos comunes del matrimonio o bien el beneficiario tenga 50 años a la fecha del fallecimiento.
Que entre la fecha de la sentencia de separación o divorcio y el fallecimiento no hayan transcurrido más de 10 años.
Que el matrimonio haya durado un periodo mínimo de 10 años.

Si alguno de vosotros, cree que en la actualidad reune los requisitos antes citados, preparar cuanto antes la documentación que lo acredite (Certificado de Matrimonio, Certificado de nacimiento de hijos comunes, Certificado de nacimiento del posible beneficiario para acreditar, si no tienes hijos comunes que tienes más de 50 años a la fecha del fallecimiento, por supuesto, necesitarás el Certificado de defunción de tu ex y la Sentencia de separación judicial o divorcio,con todo ello apresurate a acudir al INSS a solicitar el reconocimiento de tu derecho.

Un abrazo,

Carmen Marcos

lunes, 11 de enero de 2010

Los regalos de boda



Igual que los niños al abrir los regalos de reyes, disfrutan los enamorados novios al recibir los regalos de los invitados a su boda, familiares, amigos y conocidos.

En la actualidad se suele regalar dinero, el cual alcanza escasamente para pagar el espléndido banquete y el corto viaje de luna de miel de los felices recién casados, pero, que pasa con los regalos de boda, que pasan a formar parte del patrimonio económico familiar. Aquel cuadro horroroso pero de gran valor, que cuelga en el salón familiar encima de la chimenea, regalo de aquella amiga de la novia, adinerada marchante de arte, o aquellos feos jarrones dorados, piezas únicas que fueron el regalo del viajero tío de la novia.

La dicha no dura eternamente y cuando surja la crisis matrimonial, incluso antes, cada uno de los esposos reivindica como de su propiedad el regalo que le hizo su pariente o amigo, lo deseable sería que igual que disfrutaron al recibirlos, los repartieran entre ambos sin más, utilizando el sentido común, pero los tiempos del buen entendimiento entre ellos pasaron y ahora, disputarán incluso por quien se adjudica aquella baratija a la que nunca prestaron atención.

Así pues, una vez realizada la introducción al tema en cuestión, voy a escribir algo ilustrativo de lo que al respecto establece nuestro Código Civil, así dice el artículo 1336. "son donaciones por razón de matrimonio las que cualquier persona haga, antes de celebrarse, en consideración al mismo y a favor de uno o de los dos esposos".

Por tanto, los regalos de boda podremos calificarlos como donación por razón de matrimonio, ya que los invitados a la boda o donantes, realizan una disposición patrimonial con motivo del matrimonio de los contrayentes, "lógicamente para ser destinada al uso común del matrimonio".

A la hora de liquidar bienes, la cuestión sería fácil de resolver si se pudiera acreditar que los regalos fueron hechos en exclusiva a la esposa, o al esposo o conjuntamente a los dos, pero por lo general, nadie entrega con el regalo un documento en donde se disponga que el presente debe ser considerado como un bien de carácter privativo para el novio o para la novia, muy al contrario junto al regalo en cuestión, ya sea dinero u otra cosa, se adjunta una nota nombrando a ambos contrayentes, deseándoles un futuro lleno de felicidad y ventura.

Por tanto, los regalos de boda deberá entenderse que se trata de una donación conjunta hecha como causa del matrimonio que van a contraer, con independencia de donde éstos procedan, si de invitados de la familia de la novia o del novio.

Establece el artículo 1339."Los bienes donados conjuntamente a los esposos pertenecerán a ambos en pro indiviso ordinario y por partes iguales, salvo que el donante haya dispuesto otra cosa".

No podremos considerar que los regalos de boda sean bienes gananciales ya que según establece el artículo 1345 de nuestro Código civil:

"La sociedad de gananciales empezará en el momento de la celebración del matrimonio o, posteriormente, al tiempo de pactarse capitulaciones".

Y, suele ser habitual la creación por parte de los novios antes de la boda, de listas de regalos, incluso está de moda designar un numero de cuenta donde los invitados pueden realizar los ingresos, pero también se suele quedar con los novios antes de la celebración y entregarles el regalo de bodas.

En cualquier caso, si se trata de regalos de poco interés económico o sentimental, no importa demasiado la forma, en otro caso no dejéis de ser precavidos, la reflexión sirve igual para quien hace el regalo como para quien lo reciba y quedaros con el mensaje:

"regular todo aquello que se pueda mientras dure la armonía, para evitar el conflicto cuando no exista entendimiento".


Un abrazo,

Carmen Marcos

martes, 5 de enero de 2010

El viejo tren.......

...El viajero se subió a un tren creyendo que era el único que le llevaría al lugar donde quería llegar.

...Pasaron los días, los meses, los años, el pasajero estaba agusto y muy cómodo en aquel vagón de tren, pero soñaba con llegar pronto a su destino y un día se puso a pensar que tardaban mucho en llegar a otra estación, no le dio demasiada importancia, hasta que un día una voz interior le hizo darse cuenta de que ese tren estaba parado, no habían arrancado de la vieja estación y allí estaban estancados.

...El tren estaba demasiado apegado a la vía y no podía o no quería moverse, ni siquiera caminó unos metros, ningún camino habían recorrido, ni siquiera lo intentó.

...El pasajero era muy valiente y muy constante y además confiaba mucho en su viejo tren, le había elegido precisamente porque le parecía el más veloz, el más bonito, el más confortable y el más seguro que le llevaría sin riesgo a su lugar de destino, por eso no quiso apearse e intentó ponerlo en marcha, pero todo fue inútil por más que lo intentó, éste no quiso o no pudo arrancar.

...Mientras tanto, el pasajero fue perdiendo sus ilusiones y hasta se olvidó de adonde quería ir y visto que se acercaba el otoño y se estaba muriendo de frío en aquel viejo vagón de aquel tren parado, decidió apearse y así lo hizo en silencio, y caminó con prisa sin sentir gran cosa.

...Estaba decepcionado, mientras había estado en ese tren, habían pasado muchos otros, pero el pasajero nunca sintió deseos de subirse a ninguno, ahora todo era distinto, caminaría y cogería al primero que pasara a su lado, sin preguntarse a donde le llevaría, total daba igual, ni recordaba donde quería ir, lo único que quería era alejarse cuanto antes de aquel tren de sus sueños que no pudieron hacerse realidad.

Quiero deciros, que el anterior relato fue escrito el martes día 13 de marzo del año 2001, al menos eso es lo que pone en la hoja manuscrita que hoy encontré por casualidad. ¡¡Como pasa el tiempo!!.

Me pregunto, que habrá sido de aquel antiguo que no viejo tren?, pues el viajero me contó que, después de descansar de aquel agotador viaje a ninguna parte, pronto recordó donde quería ir, con su mochila repleta de experiencia continuó sin miedo y con ilusión haciendo su camino.

Ya que hablamos de camino, quiero recordaros que estamos comenzando un nuevo ciclo y recién iniciado el Año Santo Xacobeo 2010, año propicio para hacer el camino y visitar la Catedral de Santiago de Compostela en Galicia................

Un abrazo,

Carmen Marcos Nuñez

sábado, 2 de enero de 2010

Próspero 2010

Desde mi abandonado rincón de las confidencias quiero escribir hoy, un positivo mensaje con los mejores deseos de prosperidad para el nuevo año 2010, e igualmente para todos enviaros desde mi corazón un abrazo grande cargado de amor.

Por un próspero 2010,

Carmen Marcos